Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Interpretación oficial de la normativa fiscal: puntos a tener en cuenta


Actualizado: 30 mayo, 2017 (hace 7 años)

En materia tributaria, además de las normas que regulan el tema, también es necesario tener en cuenta las interpretaciones que hacen las autoridades administrativas y/o judiciales al respecto, un ejemplo de ello son los conceptos y oficios que emite la DIAN, los cuales se expiden bajo la competencia que se le otorga a la Dirección de Gestión Jurídica y a la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina de la entidad a través de los artículos 19 y 20 del Decreto 4048 de octubre 22 de 2008.

El conjunto de normas más sus respectivas interpretaciones configuran el principio de seguridad jurídica, en este sentido es necesario tener en cuenta que un cambio abrupto en la interpretación de la norma puede generar inestabilidad jurídica, en especial si dicha interpretación resulta ser más gravosa y pretende aplicarse de forma retroactiva.

Es por lo anterior que se garantiza que los conceptos de la administración bajo los cuales se fundamentan ciertas actuaciones solo pueden ser objetados cuando se encuentren vigentes al momento de realizarse la respectiva actuación, aunque esto no significa que los pronunciamientos nunca puedan ser retroactivos.

Por otra parte, es necesario destacar los siguientes aspectos: el hecho de que no exista algún pronunciamiento oficial no es impedimento para que se dé el cumplimiento de la normatividad; las interpretaciones deben de darse en un sentido general y abstracto; los pronunciamientos son de obligatorio cumplimiento para los funcionarios más no para los contribuyentes quienes cuentan con la posibilidad de objetarlos; y un cambio en la interpretación implica que la anterior sea revocada de forma parcial o total.

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