Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Inversión e Impuestos (II) – Gabriel Vásquez


Autor: Gabriel Vásquez Tristancho

Contexto internacional y local de las tasas impositivas

Para atraer la inversión extranjera algunos países tienen como estrategia reducir tasas impositivas del impuesto sobre las ganancias.Sin embargo no es la única vía, también se hace creando exenciones en ciertos sectores de la economía, como el caso de la inversión hotelera en Colombia. Ocurre también con alguna frecuencia que tarifas aparentemente reducidas en comparación con las del entorno, caso Chile que tiene el 17%, aplicada sobre utilidades, al repartir dichos beneficios a los socios, éstos pueden pagar tarifas superiores al 40% en algunos casos.

En Colombia, la estrategia de proponer una reducción en la tasa de impuesto a la ganancia tiene varios propósitos. Por un lado el de atraer inversión extranjera, incluyendo la eliminación del impuesto de remesas, el cual en relaciones de negocios internacionales siempre ha mostrado dificultades por no ser aceptado como crédito fiscal en la mayoría de países.Por otro lado, a nivel interno, el de incentivar la inversión, la cual puede manifestarse en el mediano plazo con el aumento de puestos de trabajo y por tanto bajar el nivel de desempleo.

Todo esto pareciera estratégico para el país, máximo cuando estamos por encima del promedio de tasas nominales en América Latina, por cuanto al computar la sobretasa, estaríamos en el 38,5%, tal como se observa en el gráfico 1.Esto nos convierte en poco atractivos, si en condiciones iguales, algún inversionista decidiera establecer su sede de negocios en la zona, preferiría a Brasil o Chile, no solo por los tamaños de los mercados, sino por la sinergia que provoca otras consideraciones claves como la tasa de servicio de la deuda y el sistema financiero doméstico.


La tasa efectiva es más importante que la tasa nominal

Adicional al análisis de la tasa nominal, está el análisis de tasa efectivas en un país, es decir, sobre las utilidades reales o contables y no las fiscales.En el estudio que presenta el gobierno en la exposición de motivos, establece que para los grandes contribuyentes, los efectos de las exenciones y sobrecargas tributarias, generan una perturbación promedio del 2,32%, es decir la tasa efectiva promedio quedaría en el 37,32%. (Exposición de motivos P 16.)

Otros elementos deben añadirse a este análisis, si en su conjunto Colombia pretende atraer la inversión extranjera, son las reglas de juego para el proceso de depuración de la renta.Los rechazos por deducciones, que supuestamente no cumplen con los actuales requisitos del actual artículo 107 del Estatuto Tributario, convirtieron las tasas nominales en tasas efectivas muy superiores, por cuenta de cada funcionario, con tesis controvertidas, como las famosas pérdidas de inventarios y el reconocimiento a través de provisiones.

Aunque el Gobierno hace un esfuerzo en la presentación del proyecto por corregir tremendo error conceptual, el del tratamiento de las pérdidas de inventarios, que lo cometió incluso hasta el Consejo de Estado, estimamos que las propuestas no son contundentes en esta materia por cuanto asevera lo siguiente el texto de presentación:

“Así mismo se señalan los requisitos para la aceptación de costos y deducciones, indicando que solo serán deducibles aquellos pagos o abonos en cuenta que sean necesarios y guarden relación de causalidad con el ingreso, además de que deben estar debidamente soportados y haberse practicado la correspondiente retención en la fuente para que sean aceptados.” (Subrayado fuera de texto). (Exposición de motivos P 52.)

Coherente con la tesis de la exposición de motivos, el literal c) numeral 4 del artículo 19 del proyecto de reforma, expone lo siguiente:

c. Otras deducciones que correspondan a gastos necesarios y que guarden relación de causalidad con el ingreso.” (Subrayado fuera de texto).

Las premisas de “necesidad” y“relación de causalidad”, sin formato de regulación contable, como si lo hizo en la determinación de los valores patrimoniales de los activos en la redacción del proyecto de reforma en el artículo 62 propuesto, vuelve nuevamente a las controversias de siempre, donde sencillamente, los conceptos antes descritos se vuelven subjetivos y sometidos al arbitrio del funcionario que adelante la investigación, como se puede comprobar en las diferentes sentencias de los tribunales superiores y conceptos de la misma autoridad tributaria, sobre medición, reconocimiento y presentación de hechos económicos.

Por tanto, la sola apreciación de la disminución de las tasas no funciona si no van de la mano con otros argumentos sólidos en las buenas prácticas de negocios globales, basados en una regulación contable internacional, que Colombia no tiene, o por lo menos tiene un rezago de mas de 10 años.

En el tema de la determinación de rentas por comparación de patrimonios, existen algunos detalles que deben ser revisados, y es el relacionado con la presentación contable de los activos que fiscalmente se depreciarán en su totalidad en el primer año. Si en el patrimonio contable y fiscal se incluyen los activos depreciados fiscalmente en su totalidad, habrá necesariamente una diferencia con la renta fiscal que justifica la variación y podría interpretarse como una renta adicional, sino se establece de manera expresa la conciliación fiscal y contable del patrimonio.Estos vacíos han terminado en posturas absurdas y contrarias a toda lógica contable en otras oportunidades.

Apoyo al Gobierno

Frente a lo ocurrido en Estados Unidos, que menores tasas incrementaron el recaudo, el gobierno colombiano ha sido prudente en no generar expectativas sobre este asunto, y estima un aumento a partir del año 2010 de sólo 588 mil millones de pesos.Es decir, es conciente, que la reducción de las tasas mas los beneficios de las depreciaciones en su totalidad de los activos fijos, reducirían la recaudación en los primeros años de aplicación de las normas, contrario a las tesis expuestas por autores reconocidos, donde pudiera ocurrir exactamente lo contrario.

Lo controversial de la propuesta de reducción de tasas, pese a que la lógica económica y de competitividad internacional así lo exige, es el origen de los recursos para la compensación de los ingresos fiscales que se sacrificarían por la implementación de la estrategia.

Resulta muy cómodo criticar la propuesta del gobierno, sin pensar que en el largo plazo gana más el bienestar social con una economía robustecida por la inversión nacional e internacional, que políticas anti-negocios, ya obsoletas, como la de disminuir las tasas de retorno de las inversiones vía mayores tasas impositivas en los impuestos a las ganancias.

Por otro lado, incrementar el endeudamiento puede resultar peligroso, al intentar aumentar los niveles actuales, por encima de las curvas de sostenibilidad de la deuda en el mediano plazo. Los efectos en las tasas de interés, encarecen la intermediación financiera, y por esta vía pagamos un impuesto indirectamente, ahí si regresivo, al ser trasladados dichos costos en el precio final de los productos.

A su vez, los costos de la guerra interna no sería lógico disminuirlos y menos detenerlos.Nos devolveríamos cuatro años atrás, donde la inseguridad ahuyentó a propios y extraños.Colombia no quiere vivir nuevamente esta experiencia, aunque el mismo gobierno reconoce que todavía faltan muchísimos obstáculos por vencer.

Así las cosas, a pesar de no ser comparables las economías de Norteamérica y de Colombia, encontramos algunos rasgos comunes que nos invitan a sugerir cambios en el mediano y largo plazo, con atractivos hacia la inversión, sin los temores que expuso el columnista EDMUND L. ANDREWS, desde Washington,en una nota para el New York Times publicada el 9 de julio de 2006.

Cordialmente,

Gabriel Vásquez Tristancho
Columnista Vanguardia Liberal
Socio impuestos BAKER TILLY COLOMBIA

24 de Julio del 2006
E-mail: gvasquet@yahoo.es

 

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