Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Inversiones en asociadas, controladas y negocios conjuntos: tratamiento en pymes (parte I)


Ficha técnica:

  • Duración: 1:25:08
Actualizado: 19 octubre, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Inversión en asociadas
  • Inversión en controladas (Subsidiarias)
  • Negocios conjuntos

Para lograr de manera efectiva la potencialización del capital, es común que se creen grupos económicos, lo que implica el reconocimiento de complejas transacciones entre compañías vinculadas. En esta conferencia se presentan los aspectos básicos a tener en cuenta para el reconocimiento y medición de tales eventos.

El adecuado reconocimiento, medición, presentación y revelación de los datos correspondientes a inversiones depende del tipo, por tanto, el primer paso que debe atender el preparador de la información financiera es clasificarlas entre inversiones en asociadas, controladas, negocios conjuntos o simples instrumentos financieros; para tal fin debe tener en cuenta los siguientes puntos clave:

Inversión en asociadas

Son aquellas que otorgan entre un 20% y 50% de participación en otra entidad. Se tienen tres alternativas de medición:

  • Costo: Entidades que no cotizan en la bolsa y con las que no se planea sostener negocios a largo plazo.
  • Método de participación patrimonial: Entidades con las que se proyecta una relación a largo plazo o con las que se pretende realizar integración vertical.
  • Valor razonable: Entidades que cotizan en bolsa y en las que se tiene influencia significativa.

Inversión en controladas (Subsidiarias)

Entidades sobre las que se ejerce control. Tanto en el estándar pleno como en el de pymes estas inversiones se miden al costo, pero con la entrada en vigencia del Decreto 2496 del 2015 se avaló su medición a través del método de participación patrimonial en los estados financieros separados.

Negocios conjuntos

En negocios conjuntos podrán encontrarse dos categorías que se miden así:

  • Operación conjunta: cada uno de los socios reconoce en sus propios Estados Financieros el porcentaje que le corresponde de los activos, pasivos, ingresos y gastos del acuerdo.
  • Negocio conjunto: Requiere la evaluación de control. Si es un partícipe (parte con control), la inversión se reconocerá de la misma forma que las inversiones con asociadas (usando el método de participación patrimonial); si es el caso de una parte sin control, la inversión podría clasificarse o bien como un instrumento financiero o como una inversión en asociada.

 

* Si desea tener el curso completo, lo puede adquirir en: Inversiones en asociadas, controladas y negocios conjuntos

Dr. Juan David Maya

Contador Público y Líder de Investigación en Estándares Internacionales del portal actualicese.com, con experiencia de más de 7 años en contabilidad y auditoría.

Docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera con más de 700 horas dictadas en diferentes diplomados; experiencia en implementación de Estándares Internacionales en 14 entidades.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,