Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

IVA e INC para restaurantes que vendan gaseosas


Actualizado: 8 marzo, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

¿Los restaurantes que venden gaseosas deben cobrar IVA o impuesto nacional al consumo por ellas?

Resuelta el 7 de marzo de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que si el expendio de comidas o de bebidas es realizado por un bar o un restaurante, en tal caso se debe cobrar el impuesto nacional al consumo; pero si se trata de la comercialización de bebidas gaseosas, como, por ejemplo, las que se encuentran disponibles en un supermercado, lo que se debe cobrar es el IVA de manera plurifásica a la tarifa general del 19 %, de acuerdo con las modificaciones realizadas a los artículos 430 y 446 del Estatuto Tributario mediante la Ley 1943 de 2018.

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