Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Jornada laboral: 10 respuestas clave


Actualizado: 28 marzo, 2016 (hace 8 años)

A continuación se presentan 10 respuestas clave en materia de jornada laboral. Entre estas se encuentran asuntos relacionados con la jornada laboral de celadores y choferes, cuál es la jornada máxima, los turnos de 24 horas, el pago de días no laborados, entre muchas más.

¿Se puede pactar una jornada de hasta 14 horas al día por problemas internos de la empresa?

El empleador y el trabajador únicamente pueden pactar como jornada de trabajo la máxima indicada por la ley. Ahora bien, si de manera excepcional se pacta una jornada superior, esta no debe perder su carácter ocasional; cuando esto se convierte en habitual, el trabajador puede negarse a cumplir dicha jornada, además de presentar su renuncia con causa imputable al trabajador.

Si se falta un día sin justa causa a laborar, pero se compensa laborando el día de descanso, ¿qué consecuencias se producen?

La normatividad en materia laboral indica que cuando un trabajador no se presente a laborar un día de trabajo sin justa causa, el empleador se encuentra facultado para no realizar el pago de dicho día, como tampoco del día de descanso.

Si por motivos de la empresa se le pide a un trabajador no presentarse a laborar, ¿se le deben pagar dichos días?

Cuando la causa de la ausencia del trabajador recae en decisiones de la empresa, el empleador no puede omitir el pago de dicho día no trabajado, toda vez que la ausencia no fue culpa del trabajador, sino de la empresa.

¿Cuál es la jornada laboral para los conductores de transporte de carga?

Es importante recordar que para el caso de los conductores de transporte o choferes, la normatividad en materia laboral aplicable es la misma que para cualquier otro trabajador; por lo tanto, estos también tienen derecho al descanso diario, semanal y anual. Lo anterior significa que sin importar cuál sea la distancia a recorrer, el trabajador únicamente podrá laborar la jornada habitual máxima.

Si normalmente un trabajador labora de lunes a viernes y en el contrato se pactó como jornada la habitual, ¿se le puede exigir trabajar los sábados?

Cuando un trabajador labora de lunes a viernes y durante estos días cumple la jornada de 48 horas máximas que indica la ley, el empleador no puede exigirle al trabajador laborar un sábado.

¿A un celador se le pueden asignar turnos de 24 horas de seguido?

El Código Sustantivo del Trabajo indica que la jornada ordinaria máxima es de 8 horas y hasta 2 más de carácter extra. Ahora bien, a la semana un trabajador únicamente puede laborar 48 horas, las cuales se pueden repartir en menos de 6 días con jornadas ordinarias máximas de hasta 10 horas.

¿El empleador puede exigir a sus trabajadores laborar por jornadas superiores a las 8 horas diarias sin remuneración alguna?

El empleador únicamente podrá pedirle a un trabajador laborar máximo 10 horas diarias. Por lo tanto, así se trate de trabajo suplementario, este nunca se podrá realizar si el trabajador laboró ya las 10 horas máximas.

¿Un empleador puede requerir a sus trabajadores entrar 15 minutos antes del inicio de la jornada laboral para que se preparen para el inicio de funciones?

Es importante recordar que en el momento en que el trabajador se encuentra bajo subordinación inicia la jornada de trabajo. Sin embargo, cuando el empleador requiera de un tiempo previo necesario para su preparación, por ejemplo el cambio de vestimenta, el empleador podrá requerir que llegue unos minutos antes.

¿El empleador está obligado a suministrar los alimentos que se deben consumir en la hora de descanso?

Una de las obligaciones del empleador, además de pagar el correspondiente salario, es el de otorgar un tiempo determinado para que su trabajador descanse durante la jornada diaria (en muchos casos se otorga para que el trabajador almuerce); no obstante, este no se encuentra obligado a suministrar los alimentos que se consumirán en dicho tiempo.

¿En un contrato de prestación de servicios se puede obligar a cumplir con una jornada laboral?

Es importante recordar que uno de los elementos esenciales en los contratos de prestación de servicios es la falta de subordinación; por ejemplo, en dichos contratos no se puede imponer una jornada de trabajo. No obstante, lo anterior no se puede confundir con el hecho que el contratante requiera el servicio del contratista en determinados momentos del día, los cuales sí sean fijos.

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