Actualizado: 7 septiembre, 2020 (hace 4 años)
Por regla general, y en concordancia con lo establecido en el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, la jornada máxima de trabajo debe ser de 48 horas a la semana para evitar, entre otros inconvenientes, sanciones por parte del Ministerio del Trabajo.
Para acceder a este contenido debes tener una suscripción o haberlo comprado de manera individual.
Si ya tienes una suscripción Actualícese, solo debes iniciar sesión para que puedas acceder a la información, si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todos los beneficios de ser parte de nuestra comunidad AQUÍ.
Si te interesa solo comprar este artículo, lo puedes hacer en el siguiente enlace:
Comprar este artículo