Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Jornada suplementaria o excepcional


Ficha técnica:

  • Duración: 23:45
Actualizado: 28 agosto, 2017 (hace 7 años)

La jornada ordinaria puede ser hasta ocho horas al día y 48 horas a la semana, un trabajador podrá laborar máximo dos horas extras diarias si trabaja la jornada máxima legal, salvo las excepciones del artículo 162 del CST. Aquí se explica lo relativo al trabajo suplementario.

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Natalia Jaimes Lúquez

Abogada, egresada de la Universidad Popular del Cesar, y especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social de la Universidad Sergio Arboleda y en Responsabilidad Civil y Seguros de la Universidad del Norte.

Actualmente hace parte de la firma de abogados "Consultoría Legal Especializada" en la ciudad de Valledupar.

Durante sus 6 años de experiencia en el litigio ha encaminado su ejercicio profesional en asuntos relacionados con el Derecho Laboral y la Responsabilidad Médica, brindando asesoría y representación judicial para empresas del sector público y privado; ejerce además como defensora ante el Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar en lo referente al Derecho Disciplinario.

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