Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La DIAN aclara la resolución 08551 del 2 de agosto de 2006


Actualizado: 16 agosto, 2006 (hace 18 años)

Nuevos obligados por sus propios deberes formales, a quienes actualmente son suscriptores del mecanismo de firma con certificado digital vigente emitido por la DIAN

La Resolución 08957 del10 de agosto de 2006 expedida por la DIANaclara el literal b) del artículo 1ºde la Resolución 08551 del 2 de agosto de 2006 en el sentido de señalar que:

Están obligados a presentar declaraciones tributarias de manera virtual, para el cumplimiento de sus propios deberes formales, las personas naturales que a la fecha de publicación de la presente Resolución sean suscriptores del mecanismo de firma con certificado digital vigente emitido por esta entidad y, tengan la calidad de representantes, revisores fiscales o contadores de personas naturales o jurídicas, que a su vez se encuentren obligadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a presentar sus declaraciones y/o información en forma virtual.

Adjuntamos texto completo de la Resolución 08957.

 

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