Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La función social del revisor fiscal


La función social del revisor fiscal
Actualizado: 24 septiembre, 2015 (hace 9 años)

La Revisoría Fiscal como figura fiscalizadora del accionar de las empresas y por tanto como garante del acertado funcionamiento de las mismas en términos del cumplimiento legislativo, a fin de corresponder a los intereses del Estado, no puede desconocer el componente social de dicha labor.

El revisor fiscal desempeña una labor con incidencia en el campo social, en la medida en que, a través de su labor en la empresa, interactúa directa o indirectamente con los miembros de una comunidad, los cuales pueden resultar afectados en sus intereses, patrimonio o integridad personal por la actuación fuera de los aspectos técnicos y normativos dirigidos a la protección del bienestar común, y que se ven vulnerados por la malversación de las acciones empresariales y profesionales.

Los desempeños del revisor fiscal pueden generar responsabilidades que deberá asumir en caso de que se comprueben acciones que permitan o faciliten el detrimento patrimonial de la empresa y afecten el principio de negocio en marcha, en especial cuando emita informes o exprese en su dictamen actuaciones que no reflejen o no correspondan a la realidad empresarial y a los requerimientos legales que le apliquen. En tal sentido el Código de Comercio contempla:

Artículo 211: el revisor fiscal responderá de los perjuicios que ocasione a la sociedad, a sus asociados o a terceros, por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 212: el revisor fiscal que, a sabiendas, autorice balances con inexactitudes graves, o rinda a la Asamblea o a la Junta de socios informes con tales inexactitudes, incurrirá en las sanciones previstas en el Código Penal para la falsedad en documentos privados, más la interdicción temporal o definitiva para ejercer el cargo de revisor.

Se considera que si en una organización constantemente se incurren en irregularidades, fraudes, actos mal intencionados, el revisor fiscal está en la obligación de emitir recomendaciones, a fin de que la administración implemente medidas y diseñe los mecanismos de control que le permitan identificar las irregularidades.

“Es importante recordar que la figura del revisor fiscal no solo es un control financiero, económico y/o de gestión, sino que es una labor con proyección de labor de control estatal”

Es así como el revisor fiscal tiene la obligación de responder por los perjuicios que cause a terceros, como el Estado y particulares, a la sociedad y a los mismos socios, por el incumplimiento de sus funciones, por negligencia o por dolo; lo anterior implicaría una responsabilidad disciplinaria, civil o penal.

Es importante recordar que la figura del revisor fiscal no solo es un control financiero, económico y/o de gestión, sino que es una labor con proyección de labor de control estatal, y que la rendición de cuentas del profesional es directa con el Estado, puesto que se entiende como auxiliar de la labor fiscalizadora.

Dentro de la labor social de revisor fiscal se pueden identificar prácticas que son explícitamente de impacto a la comunidad, tales como:

  • Los procesos de control e inspección direccionados al cumplimiento de las obligaciones salariales.
  • La prevención y detección de la corrupción.
  • El abuso de poder o el tráfico de influencias.
  • Lavado de dinero.
  • Competencia desleal.

Si bien se concibe que la responsabilidad del revisor fiscal se encuentra limitada al campo de acción de la empresa sobre la cual ejecuta las labores de fiscalización, no se puede ignorar que las consecuencias del accionar de la empresa como unidad de negocio para el desarrollo económico de un territorio o de un sector, y bajo la cual se pueden generar acciones que se constituyen en delitos, m tienen incidencia en el interés general de la sociedad y en la obligación del Estado.

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Entre los riesgos a los que se debe enfrentar el revisor fiscal, y sobre los cuales es fundamental que dirija sus acciones de inspección es a todos aquellos que puedan tipificar:

  • Corrupción.
  • Fraude.
  • Falsificación.
  • Captación ilegal de recursos.
  • Financiación de actividades ilícitas como el secuestro o el terrorismo.

La importancia de la detección oportuna de dichas prácticas previene que las consecuencias para la organización sean irreversibles y de gran magnitud hasta el punto que se ponga en riesgo la continuidad del negocio en marcha; sumado a ello, y fundamental para la labor del revisor fiscal, evita la incidencia de estos comportamientos al margen de la reglamentación que afecten a los usuarios quienes han depositado confianza en la organización para poner algún capital a su disposición.

El capital de inversión puede estar representado en capital de trabajo, usuarios internos tales como los empleados, o en capital de consumo, usuarios externos tales como los consumidores; adicionalmente, las consecuencia pueden ser de tan amplia cobertura que se puede afectar la estabilidad de un sector económico e incluso la del propio Estado en casos en los que se revela el detrimento patrimonial sobre el cual, el Estado incumplió con las acciones de garantía para evitar dichos eventos.

Todo lo anterior no desconoce la dificultad de la labor encargada en el revisor fiscal, en consideración que la tendencia globalizadora del mercado, la complejidad de las operaciones mercantiles, la heterogeneidad en las culturas de negocio, la transformación tecnológica, las plataformas digitales que impulsan el cibercomercio y la sagacidad de los empresarios, obstaculizan el cumplimiento de la labor social que ejecuta este profesional como representante de la figura estatal al interior de las organizaciones.

Otro de los elementos que resulta importante evaluar al momento de determinar la función social del revisor fiscal, es la capacidad para ejercer desde el principio de independencia profesional, debido a que el empleador es la misma persona fiscalizada; por tanto, se debe a la inspección de la persona que tiene la potestad para dar continuidad al vínculo laboral o a finiquitar esta relación, por tanto el modelo de contratación se presenta como otro de los obstáculos para el revisor fiscal, puesto que el dictamen se convierte, en muchas ocasiones, en el documento que garantiza la permanencia en el desarrollo de sus funciones al interior de la organización.

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