Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«La Ley 43 de 1990 es obsoleta; de allí la necesidad de repensarla, derogarla»


«La Ley 43 de 1990 es obsoleta; de allí la necesidad de repensarla, derogarla»
Actualizado: 3 febrero, 2021 (hace 3 años)

Gherson Grajales afirma que quienes hicieron la Ley 43 de 1990 dicen que es perfecta y no necesita muchos cambios, pero la verdad es que está descontextualizada.

Opina que para que la ley no quede como una colcha de retazos es mejor repensar una desde cero.

Gherson Grajales Londoño, contador público, presidente del Comité de Regulación de la Ley 43 de 1990 por el Valle del Cauca, afirma que esta ley debe ser derogada en su totalidad. En nuestro programa #CharlasConActualícese, expuso los argumentos para asegurar lo anterior.

«La Ley 43 es previa a la Constitución de 1991 y pensada con base en la Constitución de 1886 y a lo que era la contabilidad en ese momento histórico», aclara.

Explica que en 1993 se hizo convergencia a Estándares Internacionales cuando se adoptó la traducción del año 86 de los estándares de contabilidad; en consecuencia, la Ley 43 está descontextualizada con dicho estándar.

Paso seguido, a través de la Ley 222 de 1995 se hizo una modificación a los Estándares internacionales, donde se incorporaron algunos elementos adicionales y se comenzaron a ver vacíos.

«Pienso que quienes hicieron la Ley 43 de 1990 dicen que es perfecta y no necesita muchos cambios, pero la verdad es que está descontextualizada», manifiesta Grajales Londoño.

Luego, apareció la Ley 599 de 2000 que indica que se debe actualizar la regulación de la profesión con base en los Estándares Internacionales, y la Ley 43 se quedó estática frente a este tema.

«En este punto, la Ley 43 quedó ambigua en su desarrollo, con relación a los Estándares Internacionales, ya que no dio lugar a decretos reglamentarios. Es que no hay ningún decreto reglamentario, lo más parecido es una sentencia que le quita palabras y expresiones a varios artículos, dejándola como una colcha de retazos, y así se terminaron de tirar la ley», critica.

Aparece, entonces, la Ley 1314 de 2009, la cual toca puntos muy diferentes a los planteados en la Ley 43, por ejemplo, el tema de los servicios profesionales de aseguramiento.

«Entonces se ve que queda obsoleta; de allí la necesidad de repensarla, derogarla», dice.

“Para que la ley no quede como una colcha de retazos, es mejor repensar una desde cero, donde se rescate lo que puede ser vigente, que es muy poco”

Grajales Londoño rescata de este proceso la estructura de la ley, la intencionalidad de la Junta Central de Contadores y del Consejo Técnico de Contadores Públicos.

Para que la ley no quede como una colcha de retazos, es mejor repensar una desde cero, donde se rescate lo que puede ser vigente, que es muy poco. Se debe replantear la gobernanza de la profesión contextualizada con tecnologías disruptivas, economía circular y economía naranja, y con convergencias hacia buenas prácticas a nivel global, teniendo en cuenta que Colombia ya hace parte de la OCDE.

Lista propuesta para modernizar la profesión contable

Grajales Londoño expresó que el comité del Valle del Cauca tiene lista su propuesta, la cual le apuesta a la gobernanza de la contaduría pública y la revisión del estatuto contable, así como poner la lupa sobe las definiciones que rodean la profesión, la ética profesional, formación y actualización, entre otros puntos.

«En cuanto a las definiciones, se elaboró un listado que reúne la formación del contador, auditor y revisor fiscal. Qué es contaduría pública, revisor fiscal, auditor, perito forense, interés general, fe pública, regulaciones exógenas, dictamen, sociedad de contadores, confianza pública, juicio profesional, rendición de cuentas, entre otras», detalla.

Se tratan puntos sobre la acreditación (transición, tarjeta y prácticas profesionales), los deberes, derechos, inhabilidades, conflictos de interés e incompatibilidades; de igual manera, la gobernanza de la profesión (colegiatura de la profesión automática que sustituye la JCC y el CTCP) y comités de la regulación de la profesión.

Alrededor del ejercicio de la profesión, la propuesta se enfoca en dos puntos. La formación, en donde se deben adoptar los estándares de educación contable, reformar los programas de estudio para la transición a las tecnologías emergentes, realizar convenios empresa-universidad para la práctica profesional de un año e institucionalizar la cátedra de ética profesional.

El otro punto está relacionado con la acreditación de la tarjeta profesional, donde se propone actualización anual para la renovación de la tarjeta profesional, una colegiatura automática y gobernanza de la profesión.

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