Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Procuraduría no es competente para juzgar disciplinariamente a los Contadores Públicos


Actualizado: 24 junio, 2010 (hace 14 años)

Los particulares que ejerzan la Profesión de Contadores Públicos y en desarrollo de la comisión de faltas disciplinarias originadas en la función de certificación, prevista en el artículo 10 de la Ley 43 de 1990, que le es propia, serán investigados por la Junta Central de Contadores como tribunal ético de la profesión.

 

 Para descargar este documento en PDF , haz click aquí(140Kb)

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,