Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La verdad escondida tras la gabela de poder deducir en la renta un 25% del impuesto a las transacciones financieras


Actualizado: 26 noviembre, 2006 (hace 17 años)

Uno de los artículos contenidos en el proyecto de reforma tributaria que se discute por estos días en el congreso y que ha sido de buena acogida entre los contribuyentes del impuesto sobre la renta es el artículo 5 en el cual leemos lo siguiente:

“ARTICULO 5. Modificase el artículo 115 del Estatuto Tributario, el cual queda así:

‘Artículo 115. Deducción de impuestos pagados. Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos de industria y comercio, avisos y tableros y predial, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable siempre y cuando tengan relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente. La deducción de que trata el presente artículo en ningún caso podrá tratarse simultáneamente como costo y gasto de la respectiva empresa.

Igualmente será deducible el veinticinco por ciento (25%) del Gravamen a los Movimientos Financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor.’’’

(el subrayado es nuestro)

En efecto, para muchos contribuyentes del impuesto de renta que incurren en unos valores altos por concepto del Gravamen a los Movimientos financieros (mejor conocido hoy día como el “4xmil”) es muy a tractivo que, si se aprueba el artículo anterior, puedan entonces llevar como deducible (a su declaración de renta de los años gravables 2007 y siguientes) el 25% de tal tributo (un 1 x mil) pues la norma vigente hoy día, y contenida en el art.872 del ET, contempla que el 100% de lo que se cancele por dicho impuesto (es decir, todo el 4 x mil) no es deducible en el impuesto de renta.

Y justamente, para que haya armonía entre el nuevo artículo 115 del ET propuesto, y el artículo 872, es por eso que ese artículo 872 del ET también se modificaría con el artículo 43 del proyecto en la siguiente forma:

Versión que existe hoy día
Versión que quedaría si se aprueba el art.43 del proyecto
ART. 872.—Adicionado. L. 633/2000, art. 1º. Tarifa del GMF. La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del tres por mil (3×1000). En ningún caso este valor será deducible de la renta bruta de los contribuyentes.

PAR. TRANS.—Adicionado. L. 863/2003, art. 18. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros. Por los años 2004 a 2007 inclusive la tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por mil (4 x 1.000).

Artículo 872. Tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros. La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por mil (4 x 1000).”

(el subrayado es nuestro; y nótese que en la nueva versión propuesta para el art.872, desaparecería el parágrafo transitorio que hoy día existe y que aplica hasta diciembre 31 de 2007)

Las promesas de que los impuestos van a bajar en el futuro, casi nunca se respetan

Fijándonos en la norma del parágrafo transitorio del art.872 como existe hoy día, es claro que en el año 2008 y siguientes los contribuyentes ya no pagarían un 4xmil sino un 3 x mil como tarifa del gravamen a los movimientos financieros (es decir, en el 2008, y según la norma hoy día vigente, ya se contempla una reducción del “25% de la tarifa”).

Si ese panorama siguiese vigente, los contribuyentes saben que en el 2008 su tributación total (tomando lo que pagan por 4xmil más lo que pagan por renta) sí rebajaría. Pero al cambiar la norma, y aun dando el beneficio de poder deducir en la renta una parte del GMF, el que se beneficia es el Gobierno nacional pues al llegar el año 2008 se terminará pagando mas impuestos.

Para probarlo, tómese el siguiente ejemplo

1.Con la norma hoy día vigente, y sin que llegase a ser modificada

Supóngase que durante el año 2007 una persona jurídica realizará transacciones financieras por $2.500.000.000 y ello le origina un GMF (al 4xmil ) de $10.000.000. Supóngase que durante el 2008, realizará las mismas transacciones por $2.500.000.000 y ello le originaría un GMF (al 3 x mil) de $7.500.000.
Así mismo, supóngase que en el 2007 y en el 2008, la renta liquida fiscal proyecta es de $100.000.000, y por tanto su impuesto de renta sería de $35.000.000 en cada año.

En total, los impuestos que esa empresa pagaría durante el 2007 y 2008 serían los siguientes:

Por GMF : $17.500.000

Por impuesto de renta : $70.000.000

Total $87.500.000

2. Con la nueva normatividad, si es aprobada

Tomando los mismos datos de la situación anterior, el panorama sería que la empresa pagaría por GMF durante el 2007 un valor de $10.000.000 y durante el 2008 también pagaría otros $10.000.000. Y en cuanto a su impuesto de renta, sucedería que durante el 2007 pagaría $34.125.000 (que salen de 100.000.000 – 2.500.000 que le dejarían tomar como deducibles= 97.500.000 x 35%), y durante el 2008 también pagaría otros $34.125.000

En total, los impuestos que esa empresa pagaría durante el 2007 y 2008 serían los siguientes:

Por GMF : $20.000.000

Por impuesto de renta : $68.250.000

Total $88.250.000

Como se ve, en ultimas el que termina siempre siendo golpeado es el contribuyente, pues sus expectativas de que en el ejercicio 2008 su tributación total se rebajaría, son expectativas que le terminarán siendo cambiadas (si se aprueba el proyecto)

Así las cosas, en el fondo no may muchos motivos para alegrarse de que se esté proponiendo dar la gavela tributaria de poder deducir en la renta una parte del GMF.

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