Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las NIC-NIIFS en Colombia – material ejecutivo (4) – Luis Raúl Uribe Medina


Luis Raul Uribe

NIC 2 inventarios.

Define los inventarios como activos: (a) poseídos para ser vendidos en el curso normal de la operación;(b) en proceso de producción con vistas a esa venta; o (c) en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción, o en la prestación de servicios.

Define también los requerimientos específicos para el reconocimiento de éstos como un activo y un gasto, la medición de los inventarios, y la información a revelar.

La NIC 2 se aplica a todos los inventarios, excepto a los que están en curso en contratos de construcción, instrumentos financieros; activos biológicos; y productos agrícolas en el punto de su cosecha o recolección. Los inventarios se miden al costo o al valor neto realizable, según cual sea menor.

Algunos inventarios están excluidos de este requerimiento: los productos agrícolas (tras la cosecha) y los productos minerales que se miden al valor neto realizable de acuerdo las prácticas del sector industrial; y los inventarios de los intermediarios que comercian con materias primas cotizadas, quienes miden sus inventarios al valor razonable menos costos de venta. En todos estos casos los cambios en el valor de los inventarios deben reconocerse en el resultado del periodo en el momento en que tienen lugar.

El costo del inventario incluye los costos de compra y producción o transformación. El costo no incluye el desperdicio de material, costos indirectos de administración que no son costos de producción, y los costos de venta.

El costo se asigna a cada partida del inventario que es única o segregada de proyectos específicos, mediante el uso de una fórmula de costo aceptable, tal como primera entrada, primera salida (PEPS o FIFO por sus siglas en inglés) o el costo medio ponderado.

Las técnicas para la medición del costo de los inventarios, tales como el método del costo estándar o el método de los minoristas, podrán ser utilizados por conveniencia siempre que el resultado de aplicarlos se aproxime al costo.

Los inventarios se reducen al valor neto realizable (VNR) cuando éste es menor que el costo. El VNR se estima como el precio de venta menos los costos estimados de terminación y realización de la venta.

Puede requerirse una rebaja (reducción en el importe en libros) del VNR cuando el inventario está dañado, o se convierte en total o parcialmente obsoleto, o cuando se reduce el precio de venta, o aumentan los costos de terminación del producto y de su puesta a punto para la venta. La rebaja se realiza partida por partida, o por grupos de partidas cuando éstas tienen un uso similar, se producen o comercializan en la misma área y no pueden ser fácilmente evaluadas por separado de otras partidas en esa línea de producto.

Implicaciones para los negocios

El uso de la fórmula del costo del último en entrar, primero en salir (UEPS,LIFO por sus siglas en inglés) no está permitida.

En algunos países, se requiere que la medición de los inventarios a efectos fiscales sea la misma que la medición utilizada en los estados financieros anuales.

Debe utilizarse la misma fórmula de costo para todos los inventarios que tengan una naturaleza y uso similar. Una diferencia en localización geográfica o en reglas fiscales no justifica el uso de una fórmula diferente para inventarios similares.

Cordialmente,

C P Luis Raúl Uribe Medina.
Universidad de San Buenaventura –Cali.
Líder URIBE Y ASOCIADOS CONSULTORES. DOCENTE Y CONSULTOR NIC-NIIFs.
E-mail: rauluribe05@yahoo.com

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito