Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Las personas naturales acogidas al régimen simple deben presentar el formato 2517?


Actualizado: 2 octubre, 2020 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Una persona natural acogida al régimen simple de tributación se encuentra obligada a presentar el formato 2517?

Pregunta resuelta septiembre 17 de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica en detalle si las personas naturales que optaron por inscribirse al nuevo régimen simple de tributación deben presentar el reporte de conciliación fiscal en el formato 2517, aspecto regulado por el artículo 772-1 del Estatuto Tributario –ET–.

Para conocer más detalles sobre el régimen simple de tributación, es necesario leer lo establecido en los artículos 903 al 916 del ET.

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