¿Las personas naturales con ingresos excluidos del IVA deben facturar?
Aquí hablaremos sobre...
- ¿Las personas naturales están obligadas a expedir factura de venta?
- ¿Cuándo las personas naturales con ingresos excluidos del IVA no están obligadas a expedir factura de venta?
Las personas naturales con ingresos excluidos del IVA que pertenezcan al régimen ordinario del impuesto sobre la renta pueden quedar exoneradas de expedir factura de venta, siempre que cumplan el requisito especial previsto en el numeral 7 del artículo 1.6.1.4.3 del DUR 1625 de 2016. Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.
