Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Lavado de activos y soborno transnacional: señales de alerta para revisores fiscales


Lavado de activos y soborno transnacional: señales de alerta para revisores fiscales
Actualizado: 8 julio, 2021 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Denuncia por parte del revisor fiscal por presuntos delitos
  • Señales de alerta en soborno transnacional y lavado de activos
  • Estrategias para detectar el soborno transnacional y el lavado de activos

Según Santiago López, el revisor fiscal no es un fiscal que debe investigar delitos realizados por la organización o quienes trabajen en esta.

Este tiene la obligación de denunciarlos si tiene sospechas y debe informar todos los controles que se están realizando para prevenir riesgos.

Santiago López, delegado de asuntos económicos y societarios en la Superintendencia de Sociedades, describe en #CharlasConActualícese el rol del revisor fiscal frente al lavado de activos y el soborno transnacional.

Explica que la responsabilidad de la dirección de toda empresa está en asegurar que las actividades de la entidad se realicen de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias.

Por su parte, la responsabilidad del revisor fiscal está en aplicar los procedimientos que identifiquen incumplimientos de disposiciones legales y reglamentarias.

El revisor fiscal debe informar al interior de la organización todos los controles realizados para prevenir posibles riesgos. De igual forma, verificar que los estados financieros revelen la realidad contable de la compañía.

Del mismo modo, el revisor fiscal debe tener presente lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 1778 de 2016:

Deberá denunciar los actos de corrupción, así como la presunta realización de un delito contra la administración pública, un delito contra el orden económico y social o un delito contra el patrimonio económico que hubiere detectado en el ejercicio de su cargo.

Denuncia por parte del revisor fiscal por presuntos delitos

“Cuando el revisor fiscal tiene sospechas de un delito de soborno transnacional o de lavado de activos, deberá realizar la denuncia correspondiente”

El revisor fiscal no es un fiscal que debe investigar los delitos realizados por la organización o quienes trabajen en este, no debe buscarlo, pero tiene la obligación de denunciarlo si tiene sospechas.

Cuando el revisor fiscal tiene sospechas de un delito de soborno transnacional o de lavado de activos, deberá realizar la denuncia correspondiente.

Este profesional está obligado a poner los hechos en conocimiento de los administradores de la compañía y del máximo órgano social. Para realizar la denuncia, el revisor fiscal cuenta con un plazo de seis meses contados desde el momento en el que hubiere tenido conocimiento de los hechos.

Vale la pena decir que no será aplicable el régimen de secreto profesional que ampara a los revisores fiscales.

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Le asiste al revisor fiscal la obligación de realizar el reporte de operaciones sospechosas ante la UIAF cuando se cumplan los supuestos en dicha norma.

Señales de alerta en soborno transnacional y lavado de activos

Para López, todo revisor fiscal debe tener presente tres semáforos rojos cuando de soborno transnacional se refiere:

  1. Concentrar sus esfuerzos en determinar si la sociedad en la cual ejerce sus funciones realiza negocios internacionales en países con altos o medianos grados de corrupción.
  2. Dar mayor atención a aquellos sectores que históricamente han demostrado ser los que tienen un mayor grado de riesgo de soborno internacional.
  3. Estar atento al uso innecesario o injustificado de intermediarios para realizar las actividades de la sociedad y actuar ante funcionarios públicos, como podría ser la creación de sociedades subordinadas y estructuras societarias o contractuales complejas sin un propósito claro, sea que se circunscriban en el mismo país en que opera la sociedad o en el exterior.

Estrategias para detectar el soborno transnacional y el lavado de activos

El revisor fiscal y el contador público, en el proceso de inteligencia y análisis de información, alrededor del soborno transnacional y el lavado de activos, deben tener en cuenta puntos como:

  1. Identificar los directivos o empleados con un estilo de vida que no es compatible con sus ingresos conocidos.
  2. Elaborar un perfil de la empresa, así como de sus altos directivos.
  3. Analizar información relacionada con quienes son al interior de la sociedad los que negocian, firman contratos y autorizan los pagos. Lo anterior con el fin de identificar si hay actores clave en las operaciones y las relaciones entre ellos; investigando sobre el uso de un intermediario como un consultor.

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