Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Levantamiento de la suspensión del RUT: trámite a realizar


Levantamiento de la suspensión del RUT: trámite a realizar
Actualizado: 15 agosto, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Documentos que debe reunir un ciudadano para este trámite
  • Para extranjeros
  • Instituciones o dependencias públicas y organizaciones
  • Si se actúa a través de apoderado
  • Tiempo

Obtener el levantamiento de la suspensión del RUT que hace la DIAN mediante acto administrativo cuando la información sobre identificación, ubicación, representatividad o clasificación no es confiable, es un trámite gratuito. Aplica para ciudadanos, extranjeros, instituciones y organizaciones.

“se compruebe que la identificación, ubicación, representatividad o clasificación informada por el inscrito no existe o no es posible ubicarlo en el domicilio informado”

La suspensión temporal de la inscripción de los obligados en el RUT es llevada a cabo por la DIAN, según orden judicial o administrativa declarada por la autoridad competente o, cuando por medio de una visita de verificación se compruebe que la identificación, ubicación, representatividad o clasificación informada por el inscrito no existe o no es posible ubicarlo en el domicilio informado.

La suspensión se comunica al contribuyente por cualquiera de los medios utilizados por la DIAN para tal efecto, salvo la suspensión por inexistencia de la dirección o no ubicación del inscrito en el domicilio informado, caso en el cual se comunicará a través del portal de la entidad.

Documentos que debe reunir un ciudadano para este trámite

  • Original de la cédula de ciudadanía del solicitante o apoderado. En caso de pérdida de la cédula, se debe presentar el documento que expide la Registraduría Nacional del Estado Civil para tal efecto. Si la persona es menor de edad debe presentar la tarjeta de identidad.
  • Original de la solicitud del levantamiento de la suspensión de la inscripción en el RUT. Se deben indicar las causales que dieron lugar a la suspensión y la forma como fueron ya subsanadas.
  • RUT actualizado con la corrección en la(s) casilla(s) causa de la suspensión. No se debe presentar ningún soporte ya que la DIAN verificará que el contribuyente la cumpla.

Para extranjeros

  • Exhibición de la cédula de extranjería original vigente del solicitante o apoderado y adjuntar la fotocopia.
  • Original de la solicitud del levantamiento de la suspensión de la inscripción en el RUT. Se deben indicar las causales que dieron lugar a la suspensión y la forma como fueron ya subsanadas.
  • RUT actualizado con la corrección en la(s) casilla(s) causa de la suspensión. No se debe presentar ningún soporte ya que la DIAN verificará que el contribuyente la cumpla.

Instituciones o dependencias públicas y organizaciones

  • Original de la solicitud del levantamiento de la suspensión de la inscripción en el RUT. Se deben indicar las causales que dieron lugar a la suspensión y la forma como fueron ya subsanadas.
  • RUT actualizado con la corrección en la(s) casilla(s) causa de la suspensión. No se debe presentar ningún soporte ya que la DIAN verificará que el contribuyente la cumpla.
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Si se actúa a través de apoderado

  • Exhibición del original y fotocopia del poder general debidamente otorgado.
  • Presentar el original del poder especial debidamente otorgado.

* La documentación se radicará de forma presencial en cualquiera de las oficinas de la DIAN a nivel nacional.

Tiempo

El levantamiento de la suspensión de la inscripción en el RUT se obtiene en 5 días hábiles.

* Con información de la DIAN.

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