Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ley 1314 de 2009, ya son 8 años desde su expedición


Ley 1314 de 2009, ya son 8 años desde su expedición
Actualizado: 20 julio, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Antecedentes
  • Ley 1314 de 2009
  • El CTCP y el contador en el proceso de convergencia

Ya van 8 años desde la expedición de la Ley 1314 de 2009 con la cual el Gobierno dio vía a la introducción de los Estándares Internacionales de Aseguramiento de la Información. En este editorial mostraremos algunos puntos importantes que usted debe conocer sobre el contexto de estas normas en Colombia.

El proceso de convergencia hacia normas de aseguramiento de la información es una realidad que todas las entidades tanto públicas como privadas han tenido que asimilar. Aunque a la fecha las empresas ya deben estar al día con este tema, según la JCC y el CTCP aún falta camino por recorrer; es por ello que estas entidades están trabajando para mejorar la calidad de la educación y formación de los contadores públicos del país.

Antecedentes

“Respecto a esto, se recomienda tomar medidas en la implementación de leyes que concuerden con los requerimientos expuestos por los organismos”

Luego del desarrollo de estudios mancomunados entre el Gobierno y las universidades, en el año 2003 el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional emitieron informes detallando los diferentes inconvenientes que presentaba el ejercicio de la contaduría y la auditoría en Colombia. De los resultados de este informe se destacan los siguientes:

  • La JCC no tiene la capacidad para regular de forma eficiente la profesión contable.
  • No se realiza un dispendioso examen de aptitud y actitud para certificar al contador.
  • El manejo de información financiera no está alineado con lo que necesita la globalización y los movimientos del mercado financiero.
  • Las universidades deben mejorar la calidad en la enseñanza de la disciplina contable.
  • El Gobierno está concentrado en expedir normas, pero no en verificar su implementación.
  • No existe una organización que en realidad vele porque los auditores y revisores fiscales apliquen normas de control de calidad y se rijan por el código de ética.
  • No existen estándares para establecer los requisitos y lineamientos para auditar estados financieros, los auditores se rigen por normas locales.
Respecto a esto, se recomienda tomar medidas en la implementación de leyes que concuerden con los requerimientos expuestos por los organismos internacionales y que Colombia inicie una convergencia a normas internacionales, tanto para los fines contables como para ejercer actividades de auditoría y revisoría fiscal.

Ley 1314 de 2009

Después de que el gremio contable y los representantes del Gobierno realizaran un estudio concienzudo de lo expuesto anteriormente, se generó en el 2007 el proyecto de decreto por el cual se adoptan las normas internacionales de aseguramiento el cual dio origen a la Ley 1314 de 2009.

Con este nuevo marco normativo los contadores deben atender las disposiciones internacionales e iniciar un período de transformación, tanto en el registro y reconocimiento de partidas, como en la auditoría y revisión de la información.

En materia de aseguramiento, el Decreto 302 de 2015, contenido como Anexo 4 en el DUR 2420 de 2015, presenta el marco técnico normativo para las normas de aseguramiento de la información en Colombia que incluye las siguientes normas emitidas por el IASSB:

  • Las Normas Internacionales de Auditoría –NIA–
  • Las Normas Internacionales de Control de Calidad –NICC–
  • Las Normas Internacionales de Trabajos de Revisión –NITR–
  • Las Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar –ISAE–
  • Las Normas Internacionales de Servicios Relacionados –NISR–
TAMBIÉN LEE:   Lista de chequeo en Excel para efectuar el cierre contable y fiscal de una entidad

A estas normas se suma el Código de Ética para profesionales de la contaduría emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para contadores –IESBA–.

De acuerdo a los períodos de implementación, hoy, luego de la expedición de la Ley 1314 de 2009, los contadores han tenido más de ocho años para enterarse sobre estas normas y atender a los llamados de la JCC y el CTCP en lo que respecta al período de convergencia.

En este momento el CTCP está realizando un esfuerzo por capacitar y formar a los contadores en lo relacionado con estas normas, en especial en lo que respecta a las enmiendas realizadas al Código de Ética y al manual de procedimientos de control de calidad introducidos al DUR 2420 de 2015 como Anexo 4.1 por el Decreto 2132 de 2016, ya que este anexo, a diferencia del Anexo 4 que empezó su período de aplicación en enero de 2016, se aplicará a partir de enero de 2018.

El CTCP y el contador en el proceso de convergencia

“Parte fundamental de este proceso es la actitud y aptitud que tengan los contadores frente a los Estándares Internacionales, esto vincula diferentes actores que están alrededor del contador”

En estos años de implementación el CTCP es un actor decisivo ya que cumple la función de capacitador de todo lo que respecta al registro, medición y revelación que debe ejecutar el contador tomando como referente los Estándares Internacionales y también todas las normas que mencionamos en anteriores párrafos relacionadas con estándares internacionales de aseguramiento.

Parte fundamental de este proceso es la actitud y aptitud que tengan los contadores frente a los Estándares Internacionales, esto vincula diferentes actores que están alrededor del contador:

  • El Gobierno y sus ministerios como facilitadores y reguladores de este proceso de convergencia.
  • El CTCP, el cual, como se mencionó reiteradamente, realiza la labor de capacitación técnica sobre la implementación de Estándares Internacionales y las Normas Internacionales de Aseguramiento.
  • La JCC como ente vigilante de la labor del contador público y garante de las aptitudes del mismo para ser certificado para el ejercicio de labores que atañen a su profesión.
  • Las firmas de auditoría quienes deben ser pioneras en la implementación de las normas y el Código de Ética que debe regir al contador en su accionar.
  • Las diferentes organizaciones gremiales que son fuente de estudio y debate de estas normas.
  • Las universidades, que son las primeras que deben establecer dentro de su pensum materias relacionadas con el estudio de los Estándares Internacionales, desde la aplicación técnica hasta la formación ética del profesional.

A manera de conclusión, podría decirse que, aunque queda un largo camino por recorrer en la implementación de estos estándares, los contadores cuentan con instituciones y herramientas que les facilita el proceso de convergencia. 

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,