Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Libranza


Actualizado: 30 octubre, 2017 (hace 6 años)

La libranza es una modalidad de crédito financiero con la que el trabajador autoriza al pagador de la empresa en la que labora para que descuente de su salario en nómina, ya sea quincenal o mensualmente, el valor de la cuota y así se pague directamente a la entidad financiera.

Para el adecuado desarrollo del crédito de libranza es de suma importancia que la entidad financiera cuente con la autorización expresa de descuento de nómina del deudor y el convenio de recaudo debidamente suscrito con la empresa empleadora en donde estén expresamente consignadas todas las obligaciones del convenio.

¿Cómo se garantiza el crédito?

Esta modalidad de crédito financiero se garantiza generalmente con un pagaré, este es un título valor que ata el compromiso de pago con un contrato, que incorpora una obligación incondicional e irrevocable de parte de quien la otorga de pagar una suma de dinero determinada durante un tiempo específico a otra parte, que en este caso es la entidad financiera o bancaria, autorizando el descuento de las cuotas por nómina.

Estudio de capacidad de pago

Antes de otorgar el crédito, la entidad financiera realiza un estudio sobre la capacidad de pago del trabajador, en dicho estudio se analizan todos los egresos mensuales del deudor (pago de servicios públicos, manutención, educación tanto del beneficiario de la libranza como de las personas a su cargo, arriendo, impuestos, gastos por salud, obligaciones financieras y demás gastos que se puedan evidenciar)  y los documentos que los soportan, frente a los parámetros establecidos por la entidad para el segmento del mercado al que pertenece el deudor y la información que el analista pueda detectar.

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