Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Licencia de maternidad, argumentos para no reconocer su pago por parte de la EPS


Actualizado: 12 junio, 2017 (hace 7 años)

¿Con qué argumentos una EPS  puede sustentar el no pago de una licencia de maternidad?

La Dra. Natalia Jaimes señala que, siempre que este sea el caso, la EPS está en la obligación de reconocer el pago de la licencia de maternidad.

Sin embargo, existen algunas situaciones o argumentos que la EPS puede utilizar para negarse a pagar la licencia de maternidad, tal es el caso de lo dispuesto en el artículo 2.1.9.1 del Decreto 780 de 2016, norma de la cual se destaca lo siguiente:

“Efectos de la mora en las cotizaciones de trabajadores dependientes. El no pago por dos períodos consecutivos de las cotizaciones a cargo del empleador, siempre y cuando la EPS no se hubiera allanado a la mora, producirá la suspensión de la afiliación y de la prestación de los servicios de salud contenidos en el plan de beneficios por parte de la EPS. Durante el periodo de suspensión, el empleador en mora deberá pagar el costo de los servicios de salud que demande el trabajador y su núcleo familiar, sin perjuicio del pago de las cotizaciones adeudadas y de los intereses de mora correspondientes”.

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