Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Licencia de maternidad y paternidad: 10 respuestas clave


Actualizado: 17 julio, 2017 (hace 7 años)

Uno de los de cambios que trajo la Ley 1822 de 2017, fue la ampliación de la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema, abordadas por nuestro equipo experto en la materia.

Licencia de maternidad para empleada que solo labora media jornada

La abogada y especialista en derecho laboral, Natalia Jaimes Lúquez, aclara que la licencia de maternidad de una persona que trabaja solo media jornada y que no recibe un salario mínimo completo, debe reconocerse (sin distingo de su salario) porque la ley establece que cuando se presentan este tipo de situaciones el pago debe ser sobre el salario mínimo o más, pero nunca menos.

Recordemos que el salario mínimo para el año 2017 quedó en 737.717, por lo tanto, este será el valor que se debe reconocer a la mujer por concepto de licencia de maternidad así trabaje solo medio tiempo. 

 

Vinculación mediante contrato de trabajo a mujer en licencia de maternidad

La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, parte de la base de que el contrato de prestación de servicios en mención no tiene que ver con un cargo permanente, que tampoco hay una subordinación y que, además, esta persona realiza sus actividades de manera autónoma. Ahora bien, es importante aclarar que la entidad no tiene la obligación de  cambiar  la vinculación contractual por un contrato laboral, por el solo hecho de que la mujer se encuentra en licencia de maternidad, ni tampoco terminarle el contrato de prestación de servicios dentro del período de gestación o de licencia de maternidad.

 

Licencia de maternidad, argumentos para no reconocer su pago por parte de la EPS

La Dra. Natalia Jaimes señala que, siempre que se cumplan las condiciones para tal efecto,  la EPS estará en la obligación de reconocer el pago de la licencia de maternidad.

Ahora bien, sí existen algunas situaciones o argumentos que la EPS puede utilizar para negarse a pagar la licencia de maternidad, tal es el caso de lo dispuesto en el artículo 2.1.9.1 del Decreto 780 de 2016, norma de la cual se destaca lo siguiente:

“Efectos de la mora en las cotizaciones de trabajadores dependientes. El no pago por dos períodos consecutivos de las cotizaciones a cargo del empleador, siempre y cuando la EPS no se hubiera allanado a la mora, producirá la suspensión de la afiliación y de la prestación de los servicios de salud contenidos en el plan de beneficios por parte de la EPS. Durante el periodo de suspensión, el empleador en mora deberá pagar el costo de los servicios de salud que demande el trabajador y su núcleo familiar, sin perjuicio del pago de las cotizaciones adeudadas y de los intereses de mora correspondientes”.

 

Licencia de maternidad en partos prematuros y múltiples

La Dra. Natalia Jaimes menciona que, en términos médicos, los partos normales se dan entre las 37 y 40 semanas. Ahora bien, si el parto ocurre en un período inferior a las 37 semanas se le debe reconocer a la trabajadora que va a entrar en licencia el término de lo que falte para cumplirse el embarazo, más el término de la licencia.

Estos plazos se encuentran regulados actualmente en la Ley 1822 de enero de 2017, ley que modifica los artículos 236 y 239 del Código Sustantivo del Trabajo en la cual se amplía el término de la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas.

 

Responsabilidad de pago de licencia de maternidad por EPS

La Dra. Natalia Jaimes manifiesta que en los decretos 780 de 2016, 2353 de 2015 y 3047 de 2013 se reglamenta lo concerniente al régimen del sistema de salud, al régimen de afiliaciones y al traslado de las mismas. Cuando se planea hacer un traslado de una EPS a otra se debe tener en cuenta que el cotizante debió haber pagado sus aportes durante por los menos 360 días de manera continua o discontinua, antes de la fecha del traslado. En cuanto a qué EPS debe hacerse cargo del pago de la licencia de maternidad, la entidad responsable es la que al momento de hacerse efectiva la licencia tenga como afiliada a la paciente.

 

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Licencia de paternidad para empleado que tiene dos mujeres en embarazo

La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, menciona que según lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 1 de la Ley 1822 de enero de 2017 (que es la norma más reciente en licencias de maternidad y paternidad):

“El esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad. La licencia remunerada de paternidad opera por los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera. El único soporte válido para el otorgamiento de la licencia remunerada de paternidad es el Registro Civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes la fecha del nacimiento del menor. La licencia remunerada de paternidad estará a cargo de la EPS, para lo cual se requerirá que el padre haya estado cotizando efectivamente durante las semanas previas al reconocimiento de la licencia remunerada de paternidad. Se autoriza al Gobierno nacional para que en el caso de los niños prematuros y adoptivos se aplique lo establecido en el presente parágrafo”.

Vale la pena aclarar que el empleado del caso en mención puede acceder perfectamente al disfrute de las dos licencias de  paternidad siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos.

 

Pago de licencia de maternidad para trabajadora oficial

La abogada y especialista en derecho laboral, Natalia Jaimes Lúquez, señala que en el sector público hay una división de la categoría de empleados, esto es, empleados públicos y empleados oficiales, pues, aunque ambos prestan un servicio ante el sector público, la normatividad que los rige es diferente.

Ahora bien, para revisar algún tema laboral relacionado con los empleados oficiales es pertinente revisar lo dispuesto en la Ley 6 de 1945 y el Decreto 2127 de 1945.

 

Días hábiles o calendarios para disfrutar la licencia de paternidad

La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, afirma que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo dispuesto en la Ley 1822 de 2017.

De la normatividad mencionada se destaca lo estipulado en el parágrafo 2 del artículo  1,  esto es:

“El esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad.

La licencia remunerada de paternidad opera por los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera. El único soporte válido para el otorgamiento de la licencia remunerada de paternidad es el Registro Civil de Nacimiento, el cual deberá presentarse a la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes la fecha del nacimiento del menor”.

 

Derecho a solicitar y gozar de licencia de paternidad por parte de compañera de mujer que dará a luz

La abogada y especialista en derecho laboral, Natalia Jaimes Lúquez, aclara que la Ley 1822 de 2017 regula el tema relacionado con el tema de licencia de maternidad y paternidad. Es importante aclarar que en esta norma no se aclara si las parejas de mismo sexo pueden solicitar la licencia de paternidad.

Adicionalmente, conviene tener presente la Sentencia C005 de 2017.

 

Cotización mínima para otorgar licencia de paternidad

La abogada y especialista en derecho laboral, Natalia Jaimes Lúquez, señala que actualmente para que el padre pueda acceder al reconocimiento de la licencia de paternidad ante la EPS se requiere que, por lo menos, haya realizado la cotización por el período de gestación. Recordemos que la Ley 1822 de 2017 modifica los artículos 236 y 239, que se relacionan con la licencia de maternidad y paternidad.

 

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