Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Término de las licencias de maternidad y paternidad 2022


Actualizado: 22 diciembre, 2021 (hace 2 años)

El término de las licencias de maternidad y paternidad 2022 será así: la licencia de maternidad y sus disposiciones se mantienen. La licencia de paternidad se amplió de 8 días hábiles a 2 semanas calendario.

Conoce el término de las licencias parental compartida y flexible de tiempo parcial.

Existen diferentes tipos de licencias, reglamentarias y no reglamentarias y estas le permiten al trabajador ausentarse de su puesto de trabajo por un término convenido con el empleador y bajo requisitos determinados.

La licencia de maternidad es el descanso remunerado que se concede a la trabajadora con posterioridad al parto. Durante este período no podrá ser despedida sin la previa autorización del Ministerio del Trabajo.

Esta licencia empieza a causarse aproximadamente dos (2) semanas antes de la fecha probable de parto y, de acuerdo con la Ley 1822 de 2017, en términos generales, tiene una duración de dieciocho (18) semanas calendario.

En los casos en los que el bebé nazca antes del término médicamente establecido como la fecha probable de parto, el tiempo de dicha licencia aumenta teniendo en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, período que será sumado a las dieciocho (18) semanas que normalmente se causan con ocasión del parto. Estas cifras y disposiciones se mantienen para el año 2022.

Cabe aclarar que todas las incapacidades y licencias tienen su tratamiento contable y tributario, como lo son su reconocimiento, liquidación y recobro ante las entidades competentes. Es por esto que es de vital importancia que tanto empleadores como trabajadores tengan conocimiento del tema.

En cuanto a la seguridad social durante la licencia de maternidad, es preciso conocer si la trabajadora es dependiente o independiente. De acuerdo con esta distinción, el pago le puede corresponder a la trabajadora, a su empleador o a la EPS.

Es importante aclarar que los aportes a salud y pensión de las trabajadoras que se encuentran en licencia de maternidad se deben seguir efectuando en los términos del artículo 3.2.1.10 del Decreto 780 de 2016.

Licencias de paternidad, parental compartida y flexible de tiempo parcial

Mediante la Ley 2114 de 2021, el término de la licencia de paternidad se amplió de ocho (8) días hábiles a dos (2) semanas calendario. Este término podrá ampliarse anualmente una (1) semana adicional por cada punto porcentual de disminución de la tasa de desempleo estructural, sin que pueda superar en ningún caso las cinco (5) semanas.

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A su vez, mediante esta ley se crearon la licencia parental compartida y la licencia flexible de tiempo parcial. La primera permite a los padres distribuir libremente, de común acuerdo, las últimas seis (6) semanas de la licencia de maternidad, siempre y cuando se cumplan los requisitos; la segunda consiste en que la madre o el padre podrán cambiar un período determinado de su licencia de maternidad o de paternidad por un período de trabajo de medio tiempo que equivaldrá al doble del tiempo del período seleccionado.

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