Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Licencias especiales para miembros de sindicatos 


Actualizado: 8 noviembre, 2021 (hace 2 años)

Responde conferencista: Angie Vargas

En caso de que los miembros del sindicato tengan reuniones o celebren eventos como encuentros internacionales, ¿quiénes deben costear los gastos? ¿El empleador debe otorgar una licencia especial para dichos trabajadores o adelantar días de vacaciones?  

Pregunta resuelta 25 de octubre de 2021

La abogada Angie Marcela Vargas, especialista en derecho laboral y de seguridad social, indica si el empleador se encuentra obligado a otorgar una licencia especial para un trabajador miembro del sindicato cuando tenga reuniones o celebre eventos, según lo establecido en el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.

También, señala quiénes deben costear los gastos de los miembros del sindicato cuando tengan reuniones o celebren eventos como encuentros internacionales.

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Sindicatos: aspectos generales.

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