Límite a costos y gastos no soportados en factura electrónica aplicará desde noviembre 2 de 2020


Límite a costos y gastos no soportados en factura electrónica aplicará desde noviembre 2 de 2020
Así lo contempla el artículo 83 de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020. Por el año gravable 2020, y teniendo en cuenta ciertas excepciones, se rechazará el 30 % de los costos y gastos que no estén soportados en factura electrónica.
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