Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidación de vacaciones de trabajador con salario integral


Actualizado: 17 septiembre, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Cuál es la base correcta para liquidar las vacaciones de un trabajador que tiene un salario integral?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, deja muy en claro que toda persona que es vinculada a una empresa, mediante la figura de un contrato de trabajo, debe recibir por parte de su empleador, entre otros pagos, el de las prestaciones sociales, es decir, cesantías y prima de servicios que corresponden a un salario, vacaciones que equivalen a 15 días de salario y los intereses de cesantías, que corresponden al 12 % de lo cancelado por este concepto.

Ahora bien, para dar respuesta puntual a la consulta, se debe tener presente que se puede hablar de salario integral cuando se pacta en un contrato de trabajo que el sueldo devengado será como mínimo de 13 smmlv, tres de los cuales se tomarán como factor prestacional; es por ello que a este tipo de trabajadores no se les reconoce prima legal ni cesantías, ni recargos, entre otros pagos, pero sí el pago de las vacaciones.

Sin embargo, se debe tener presente que para liquidar el pago de las vacaciones de un trabajador con el cual se pactó un salario integral, solo se tomará la base de los 10 salarios mínimos, quedando por fuera el factor prestacional.

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