Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidación de planilla por contrato de prestación de servicios


Actualizado: 13 marzo, 2017 (hace 7 años)

Tengo un contrato por prestación de servicios con una constructora que solo me exige aportes a la EPS, sin embargo, a la hora de liquidar la planilla me informan que debo aportar también a pensión. ¿Existe alguna alternativa para solo realizar el aporte a la EPS?

La Dra. Natalia Jaimes indica que solamente los pensionados tienen la alternativa de no cotizar en pensión cuando están bajo un contrato por prestación de servicios. Una persona independiente debe aportar al sistema de seguridad social, es decir, debe pagar salud, pensión y riesgos laborales porque la norma así lo exige. Existen cooperativas y empresas que hacen afiliaciones colectivas y solamente pagan salud, pero esta práctica es ilegal. Cuando no se paga al sistema de seguridad social en su totalidad, el trabajador corre el riesgo de sufrir un accidente y que nadie se haga responsable por los daños y de igual manera no podrá pensionarse, mientras que la empresa se hará acreedora a costosas multas y sanciones.

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