Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Liquidación de salarios en días festivos y dominicales


Actualizado: 29 abril, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Qué aspectos deben tenerse en cuenta para la liquidación del trabajo en las jornadas laborales dominicales y en días festivos?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral cita el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo y expresa que el empleador deberá liquidarle al trabajador su día de trabajo más un pago adicional del 75 % sobre el salario ordinario por cada hora extra laborada los domingos y festivos. Así, por ejemplo, si el día de salario de un trabajador es igual a 20.000 pesos, el valor a liquidar por trabajar los domingos y festivos será lo correspondiente al 75 % de los 20.000 pesos, más los 20.000 pesos del día de salario.

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