Calculadora de cesantías e intereses de cesantías


Las cesantías son una prestación social que debe ser liquidada desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año y ser consignada a más tardar el 14 de febrero de cada año en el fondo previsto para el efecto.

En Actualícese preparamos para ti esta práctica calculadora que te ayudará a determinar el valor de las cesantías y los intereses de las cesantías de un empleado.

Calcular las Cesantías del Trabajador

Por favor, digite el valor del salario mensual sin tener en cuenta el auxilio de transporte. Incluya el salario básico, comisiones, horas extras y demás conceptos que constituyen salario.
El auxilio de transporte no debe ser inferior a $ 162.000. Si al trabajador se le asigna un valor superior puede modificarlo.
Entre 1 y 360.
Se entiende por trabajador interno aquel que reside en el sitio de trabajo y no requiere desplazamiento para cumplir con sus labores.

A tener en cuenta para el uso de la herramienta:

  • En el campo de salario mensual debes tener en cuenta el valor mensual percibido por el trabajador sin incluir el auxilio de transporte porque, aunque es base salarial para las cesantías, la herramienta lo incluye automáticamente.
  • Además, debes sumar al salario básico lo que el trabajador perciba como comisiones, horas extras y demás conceptos que constituyen salario. Ten en cuenta que si el trabajador ha tenido variaciones en su salario en el último año calendario, debes utilizar el promedio del valor percibido por él en ese periodo.
  • Recuerda que los trabajadores internos, son aquellos que residen en el sitio de trabajo, por lo que no les corresponde percibir el auxilio de transporte ya que no deben desplazarse para realizar sus labores. No se debe confundir este concepto con aquellos trabajadores que tienen una modalidad de trabajo en casa, a los cuáles se les asigna el auxilio de conectividad en lugar del auxilio de transporte, teniendo el mismo valor.

¿Qué son las cesantías?

Son una prestación social a cargo de todo empleador, cuyo fin es un ahorro que tiene el trabajador para:

  • Los períodos en los que esté desempleado.
  • Invertirlo en el pago de sus estudios, los de su cónyuge o compañero(a) o los de sus hijos.
  • Compra, mejora o liberación de gravámenes de su vivienda o de su cónyuge o compañero(a) permanente.

Las cesantías corresponden a un mes de salario por cada año laborado o proporcional al tiempo laborado si es inferior.

¿Qué son los intereses sobre las cesantías?

Son una prestación social percibida directamente por el trabajador sin la intermediación de ningún tercero. Cabe anotar que los intereses a las cesantías no tienen ninguna destinación específica, dado que son el reconocimiento financiero que hace el empleador por la retención del dinero correspondiente a las cesantías durante el año; en caso de terminación del contrato, sería por el tiempo de la prestación del servicio.

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¿Cuándo se pagan las cesantías?

El auxilio de cesantía se causa el 31 de diciembre de cada año. El empleador debe consignar esta prestación a más tardar el 14 de febrero del año siguiente en un fondo de cesantías a nombre del empleado. Solo se las entregará directamente a la persona en el momento que se termine el contrato y el auxilio aún no haya sido consignado al fondo.

Los pagos parciales de cesantías solo proceden previa autorización del Ministerio de Protección Social (Oficina del Trabajo de la ciudad), y proceden cuando el trabajador comprará, mejorará o levantará gravamen hipotecario de su vivienda o el pago de su estudio, el de su cónyuge o hijos.

El valor

Las cesantías se deben liquidar sobre el valor de un salario mensual promedio (salario, comisiones por venta y auxilio de transporte si lo tiene) por cada año de servicio o proporcional al tiempo laborado.

Si el trabajador percibe un salario variable (con comisiones, horas extras, etc.) o tuvo una variación en los últimos 3 meses, se debe tomar el promedio del salario de los 12 meses o del tiempo laborado si este fue inferior a 12 meses (ver artículo 253 del CST).

La fórmula para hallar las cesantías es:

(Cesantías × días trabajados)/360

En la siguiente infografía se puede profundizar al respecto:

cesantias

¿Cuándo se pagan los intereses sobre cesantías?

Los intereses de las cesantías se deben pagar en dinero y directamente al trabajador. Estos corresponden al 12 % anual sobre los saldos que tenga a su favor por concepto de cesantías al 31 de diciembre de cada año o en las fechas de retiro definitivo del trabajador o de liquidación parcial de cesantías.

La fórmula para hallar dichos intereses es:

(Cesantías × días trabajados × 0,12)/360

Sanción por no consignar las cesantías

Por último, te compartimos el siguiente video, en el que la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y de seguridad social, explica qué son las cesantías, los intereses a las cesantías y las sanciones que se generan por no consignar o no pagar estos valores:

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