Liquidador de aportes a ARL para trabajadores independientes


Liquidador de aportes a ARL para trabajadores independientes
Actualizado: 28 febrero, 2024 (hace 4 semanas)

Este liquidador en Excel te permitirá calcular los aportes a ARL de los trabajadores independientes de acuerdo con el nivel de riesgo en el que se encuentre la actividad contratada.

Incluimos 2 ejemplos prácticos respecto al cálculo del IBC de estos aportes, según lo señalado por la Ley 2277 de 2022.

Compartimos el siguiente liquidador en Excel, en el cual se podrán calcular fácilmente los aportes a riesgos laborales de los trabajadores independientes. Encontrarás 2 casos prácticos para que aprendas a hallar el IBC expuesto por el artículo 89 de la Ley 2277 de 2022:

Aportes a ARL para trabajadores independientes

Los trabajadores independientes en Colombia tienen la obligación de cotizar a la ARL sobre el valor de los ingresos que obtengan mensualmente.

El aporte a la ARL se calcula sobre el ingreso base de cotización del trabajador independiente multiplicado por la tarifa que aplique según el nivel de riesgo en el que se encuentre clasificada la actividad contratada, tal como se explica en la siguiente tabla:

Nivel de riesgo

Porcentaje de cotización sobre el IBC

I

0,522 %

II

1,044 %

III

2,436 %

IV

4,350 %

V

6,960 %

Nota: el Decreto 768 de mayo 16 de 2022 estableció una nueva tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos laborales en su anexo técnico, la cual se debe utilizar para clasificar a qué nivel de riesgo corresponde una actividad económica.

Lo anterior, con excepción de los trabajadores independientes que se afilien voluntariamente al sistema general de riesgos laborales, a quienes les aplicará la tabla de clasificación de ocupaciones u oficios más representativos establecida en el artículo 2.2.4.2.5.9 del Decreto 1072 de 2015 (ver parágrafo del artículo 2 del Decreto 768 de 2022).

IBC de los trabajadores independientes  

El IBC de los trabajadores independientes depende de la clase a la que estos pertenezcan, de la siguiente forma:

Independientes con un contrato de prestación de servicios

Independientes por cuenta propia y con contratos diferentes al de prestación de servicios

IBC = ingresos mensualizados × 40 %

(Ver la infografía Ruta normativa básica del IBC de los trabajadores independientes).

IBC = (ingresos mensualizados – costos y deducciones) × 40 %

(Ver artículo 89 de la Ley 2277 de reforma tributaria 2022).

¿Quiénes deben asumir los aportes a la ARL?

En el caso de los independientes con contratos de prestación de servicios, le corresponde al contratista o al contratante asumir el aporte a riesgos laborales según el nivel de riesgo en el que se encuentre clasificada la actividad contratada (ver el artículo 2.2.4.2.2.13 del Decreto 1072 de 2015):

  • Si la actividad contratada corresponda al nivel de riesgo I, II o III, le corresponde al contratista asumir el valor del aporte a riesgos laborales.
  • Si la actividad se encuentra clasificada en el nivel de riesgo IV o V, el valor del aporte a riesgos laborales deberá ser asumido por el contratante.

En el caso de los trabajadores independientes por cuenta propia y los rentistas de capital, les corresponderá siempre asumir por su cuenta los aportes a riesgos laborales, pues no tienen relación directa con ningún contratante.

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