El IBC de la seguridad social de independientes por cuenta propia y que celebren contratos diferentes a los de prestación de servicios, se calcula descontando de sus ingresos causados o efectivamente percibidos (antes de IVA) los costos en los que hayan incurrido, multiplicado por el 40%, según lo establecido por el artículo 89 de la Ley 2277 de 2022.
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