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[Liquidador] Plantilla de los formatos 5247 a 5252 de exógena 2025: reportes de los mandatarios

¿Actuaste como mandatario en contratos de colaboración empresarial durante el AG 2025? Debes reportar los datos solicitados en la exógena de la Dian.

Diego Guevara diseñó el borrador de las 6 plantillas en Excel que contienen los formatos 5247 a 5252, de acuerdo con lo señalado en la Resolución 000227 de 2025.

El artículo 1.3.5.12.1 de la Resolución 000227 de 2025 indique que todo el que haya sido mandatario en contratos de mandato durante el año 2025 (caso, por ejemplo, de las empresas inmobiliarias que administran bienes raíces o las agencias aduaneras que gestionan procesos de importación de mercancías), sin importar si fue mandatario persona natural o mandatario persona jurídica, y sin importar el monto de los ingresos brutos en el año 2024 o 2025 ni del mandante ni del mandatario, debe hacer el reporte en medios magnéticos de las operaciones que efectuó durante el año 2025 como representante de sus respectivos mandantes.

exógena
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¿Qué contienen las plantillas en Excel de los formatos de exógena AG 2025 de los mandatarios?

En este archivo de Excel encontrarás una guía para las personas o entidades que actuaron como mandatarias durante el 2025, con el fin de que puedan elaborar de manera rápida y sencilla los 6 distintos formatos mencionados en el artículo 1.3.5.12.1 de la Resolución 000227 de 2025:   

Formato

Información para reportar

Formato 5247 versión 2

Los pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas.

Formato 5248 versión 2

El valor total de los ingresos recibidos y de las devoluciones, rebajas y descuentos.

Formato 5249 versión 2

El valor del IVA descontable y el valor de IVA resultante por devoluciones en ventas anuladas, rescindidas o resueltas.

Formato 5250 versión 2

El valor del IVA generado, el valor del impuesto al consumo y el valor del IVA recuperado en devoluciones en compras anuladas, rescindidas o resueltas.

Formato 5251 versión 2

El valor del saldo de los deudores por concepto de créditos activos a 31 de diciembre.

Formato 5252 versión 2

El valor del saldo de los pasivos a 31 de diciembre.

NOTA: cuando se examina el Prevalidador Tributario CCE AG 2025, a la fecha de publicación de este material, se comprueba que en ellos la Dian indica equivocadamente que para los reportes de los contratos de colaboración empresarial del año gravable 2025 se utilizarían los formatos 5247 hasta 5252 pero en su antigua versión 1. Sin embargo, al estudiar los artículos 22 y 23 de la Resolución 000233 de octubre de 2025 se puede confirmar que para los reportes del año gravable 2025 se deben usar los formatos 5247 hasta 5252 en su nueva versión 2.

Esto debido a que se les agregaron dos nuevas columnas para reportar el “número del contrato” y el “número de identificación de entidades sin personería jurídica – NIESP” (véase también el considerando número 26 al comienzo de la Resolución 000233 de octubre de 2025).

Al respecto, se debe tener presente que el texto del artículo 22 de la Resolución 000233 de octubre de 2025 es la norma que aclara cuáles de los ajustes introducidos aplican solo para el año gravable 2026 y siguientes. No obstante, allí no se dijo nada sobre el ajuste efectuado con el artículo 23 de la misma Resolución 000233 de octubre de 2025, razón por la cual se entiende que las nuevas versiones de los formatos 5247 a 5252 sí se aplican en el reporte del mismo año gravable 2025.

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Guía Multiformato – Diego Guevara: Novedades en la presentación de información exógena a la Dian por el AG 2025

Recuerda que las principales novedades a considerar para la elaboración y presentación de la información exógena a la Dian correspondiente al año gravable 2025 se analizan en la obra educativa virtual desarrollada por el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese. Este recurso, que podrás adquirir en preventa, estará disponible a partir de abril de 2026. Incluirá el acceso a videoconferencias organizadas por capítulos y múltiples archivos de Excel descargables y editables.

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Por último, te invitamos a revisar el siguiente consultorio con las novedades más importantes para preparar la exógena del AG 2025.

Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

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