Nuevos recursos


  Calendario Tributario 2026

ACTUALIDAD  - 3 marzo, 2026


[Liquidador] Plantilla en Excel del formulario 310 AG 2026: declaración del impuesto nacional al consumo –INC–
Actualizado: 3 marzo, 2026 (hace 4 días)

Elabora el borrador de tus declaraciones bimestrales del impuesto nacional al consumo con este liquidador en Excel del formulario 310 para el AG 2026. Encontrarás anexos integrados al formulario, liquidación por conceptos y generación del PDF. ¡Indispensable para cumplir con tus obligaciones!  

La herramienta que aquí elaboramos está basada en el formulario en PDF que la Dian prescribió a través del artículo 3 de la Resolución 000016 de marzo 7 de 2019, con la cual se definió la estructura del formulario 310 que se usará para elaborar las declaraciones bimestrales del impuesto nacional al consumo –INC– del año gravable 2019 y siguientes.

NOTA: debido a que la Dian no ha prescrito un nuevo formulario para la presentación de las declaraciones del INC del año gravable 2026, se entiende que se sigue utilizando el formulario prescrito mediante la mencionada Resolución 000016 de 2019. Consulta aquí la página de formularios e instructivos Dian

Impuesto nacional al consumo

Instrucciones para el uso de la plantilla del formulario 310 para la declaración del INC

Con base en esto, tomando como referencia la Resolución 000016 de marzo 7 de 2019, la cual prescribió el formulario 310 para presentar la declaración del INC, en este archivo de Excel compartimos las siguientes hojas de cálculo:

  • Vencimientos: incluye los plazos expuestos en el artículo 1.6.1.13.2.32 del DUT 1625 de 2016 (modificado por el artículo 1 del Decreto 2229 de 2023) para la declaración y pago del INC en 2026.
  • Material relacionado: compartimos una serie de editoriales y respuestas que contienen directrices sobre la depuración y novedades de este impuesto.
  • Anexo: contiene el anexo formulado para la elaboración del borrador de la declaración del INC.
  • F310: contiene el formulario 310 debidamente formulado para presentar las declaraciones del INC durante 2026.
  • Comentarios: esta hoja contiene la información expuesta por la Dian y otros comentarios de Actualícese para el diligenciamiento del formulario 310.
  • Instructivo: imágenes del instructivo del formulario 310 de la Dian.

Novedades del impuesto nacional al consumo en 2026 

A la fecha de publicación de este formato nos encontramos a la espera de que la Corte Constitucional profiera una decisión definitiva acerca de la constitucionalidad del Decreto 1390 de 2025, mediante el cual se promulgó un estado de emergencia económica, y que expidió el Decreto Legislativo 1474 de 2025 (ver el artículo 7 que estableció una tarifa del 19 % por el INC de las partidas arancelarias 87.11 y 89.03 contenidas en el artículo 512-3 del ET, así como en los bienes de que trata el artículo 512-4 del ET, en lugar de las tarifas del 8 % y 16 % que se venían aplicando).

No obstante, por decisión de la Corte desde el 29 de enero de 2026 se suspendió provisionalmente la aplicación de estas normas. Debes estar atento a nuestros boletines diarios para conocer la decisión de fondo que tome la Corte Constitucional. De ser necesario, haremos los ajustes pertinentes.

Impuesto nacional al consumo

Te recomendamos ver nuestros contenidos:

📘 Mantente siempre actualizado con nuestros cuestionarios…

¿Qué tanto sabes sobre la declaración del impuesto nacional al consumo?
Evalúate aquí

📝 No te vayas sin conocer y…

¡Utilizar nuestro Prompt recomendado!

TAMBIÉN LEE:  [Liquidador] Tributación sobre dividendos y cálculo de su retención en la fuente a título de renta durante el AG 2025

Por último, revisa el siguiente video, en donde aprenderás cuál es el monto del patrimonio bruto fiscal o de los ingresos que obligarían a incluir la firma del contador en las declaraciones del INC durante 2026.

Términos y condiciones

Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos: 4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

«Se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez.»

Por tanto, los productos ofrecidos por el portal Actualícese, al ser bienes intangibles, no son susceptibles de ser devueltos por parte del usuario. 

Para descargar este producto debes tener una Suscripción o comprarlo individualmente

¿Ya eres Suscriptor?


Iniciar sesión
, , ,
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito