Nuevos recursos


  [Simulador] Cálculo del costo amortizado y la TIR

Estándares Internacionales  - 1 octubre, 2026

  Estado de costos de producción

ACTUALIDAD  - 30 septiembre, 2026

  Liquidador de indicadores financieros

Finanzas  - 30 septiembre, 2026

  IVA en 2026: resuelve tus dudas con Diego Guevara y evita errores

Consultorios exclusivos  - 25 septiembre, 2026

  Al máximo con tus herramientas con Lina María Galindo

Al máximo con tus herramientas  - 23 septiembre, 2026

  Al máximo con tus herramientas con Luis Miguel Merino

Al máximo con tus herramientas  - 21 septiembre, 2026

Liquidador de sanciones e intereses moratorios con alivios por el terremoto de 2026

El Decreto Legislativo 1419 de 2026 estableció alivios tributarios para los contribuyentes afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026, entre ellos la reducción de sanciones al 15 % y una tasa especial de intereses de mora del 4,5 % anual.

Con este liquidador puedes calcular el valor de las sanciones e intereses aplicando estos beneficios y compararlo con la liquidación ordinaria.

Calcula tu ahorro con el liquidador

Ingresa los datos de la obligación, la sanción y las fechas correspondientes. La herramienta calculará el valor a pagar con los beneficios del Decreto 1419 de 2026 y lo comparará con el valor que resultaría aplicando las reglas ordinarias.

Liquidador de sanciones e intereses de mora · Decreto 1419 de 2026
Colombia · Emergencia económica — terremoto 2026

Liquidador de sanciones e intereses de mora

Decreto Legislativo 1419 de 2026 · Reducción transitoria: sanciones al 15 % e intereses de mora al 4,5 % anual · Plazo máximo 19 de noviembre de 2026

Datos de la obligación

En el artículo 10 el tratamiento de intereses depende del caso:
Capital de la obligación. Puede ser 0 si solo hay sanción.
Tasa de usura (interés bancario corriente de consumo y ordinario × 1,5) vigente al mes de la liquidación y el pago. El interés de mora ordinario = usura − 2 puntos (Art. 635 ET · Concepto DIAN 13463 de 2023). Septiembre 2026: 29,24 %. Edítela según el mes de pago.
Días en mora
0
Tasa diaria
0,01233 %
Intereses liquidados
$ 0
Aplica a obligaciones ya declaradas y presentadas pero no pagadas, en mora al 10 de agosto de 2026. Los intereses de mora se liquidan a la tasa reducida del 4,5 % anual, junto con el pago del 100 % de la obligación y el 15 % de las sanciones.
Capital$ 0
Intereses de mora$ 0
Sanción ingresada$ 0
15 % a pagar$ 0
Aplica sanción mínima (10 UVT 2026)$ 523.740
Total a pagar Decreto 1419$ 0
El 15 % se aplica sobre el valor de la sanción ingresada. El resultado no puede ser inferior a la sanción mínima de 10 UVT ($523.740 con la UVT de 2026). Si no hay sanción, este rubro es $0. La reducción de sanciones e intereses aplica a los contribuyentes de todo el país; solo las facilidades de pago abreviadas del Decreto 1419 están limitadas a las zonas afectadas. Consulte a su asesor tributario.
Días en mora
0
Tasa diaria
0,0746301 %
Intereses liquidados
$ 0
Liquidación con la tasa de interés de mora ordinaria vigente, sin ninguna reducción por beneficios del Decreto 1419 de 2026. Sirve como referencia para estimar el ahorro.
Capital$ 0
Intereses de mora (ordinarios)$ 0
Sanción ingresada (sin reducción)$ 0
Total ordinario$ 0
Interés de mora ordinario = usura − 2 puntos (Art. 635 ET). Con la usura ingresada, la tasa ordinaria aplicada es 27,24 % E.A. No incluye ninguna reducción de sanciones ni de intereses del Decreto 1419 de 2026.
ConceptoOrdinariaDecreto 1419
Capital$ 0$ 0
Intereses de mora$ 0$ 0
Sanción base$ 0$ 0
Sanción a pagar$ 0$ 0
Total a pagar$ 0$ 0
En la columna ordinaria la sanción se paga completa y los intereses se liquidan a la tasa vigente. En la columna del Decreto 1419 la sanción se reduce al 15 % (con piso de 10 UVT) y los intereses se calculan al 4,5 % anual (o $0 en corrección de declaraciones del artículo 10).
Beneficio vigente El beneficio principal del Decreto 1419 de 2026 vence el 19 de noviembre de 2026.

Este liquidador compara los artículos 9 y 10 del Decreto 1419 de 2026 (obligaciones en mora, correcciones y omisiones), cuyo plazo de pago es el 19 de noviembre de 2026. Revisa abajo el estado de cada ventana del decreto y confirma tu caso particular con tu asesor.

Plazos del Decreto 1419 de 2026

  • Reducción de sanciones e intereses · arts. 9 y 10 Plazo de pago: 19 de noviembre de 2026
    Abierto
  • Facilidad de pago abreviada y reprogramación · arts. 5 y 6 Plazo de solicitud: 19 de noviembre de 2026
    Abierto
  • Conciliación contencioso-administrativa · art. 11 Plazo de solicitud: 19 de noviembre de 2026
    Abierto
  • Donaciones y donación de saldos a favor · arts. 12 y 13 Plazo: 31 de diciembre de 2026
    Abierto

Base: artículos 5 a 13 del Decreto Legislativo 1419 de 2026. Norma sujeta a control automático de constitucionalidad; verifica su estado vigente y tu caso particular antes de pagar.

¿Qué beneficios trae el Decreto 1419 de 2026?

Los artículos 9 a 13 del decreto abren varias ventanas de alivio para quienes están en mora, son omisos o tienen procesos sancionatorios abiertos (en vía gubernativa o contenciosa):

  • Reducción de sanciones al 15 %, sin quedar por debajo de la sanción mínima.
  • Intereses de mora al 4,5 % anual, frente a la tasa ordinaria de la DIAN.
  • Facilidad de pago abreviada y reprogramación de acuerdos vigentes.
  • Conciliación contencioso-administrativa de sanciones e intereses en discusión.
  • Tratamiento especial para donaciones y donación de saldos a favor para atender la emergencia.

¿Quiénes pueden acceder y hasta cuándo?

Los beneficios aplican a los contribuyentes afectados cuyo domicilio fiscal, según el RUT al 10 de agosto de 2026, se encuentre en los municipios comprendidos en el ámbito territorial definido por el Decreto 1261 de 2026 y sus modificaciones.

Para la reducción de sanciones e intereses, las facilidades de pago y la conciliación, el plazo previsto es el 19 de noviembre de 2026. Para las medidas relacionadas con donaciones, el plazo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito