Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Manejo contable del inventario retirado para consumo propio


Manejo contable del inventario retirado para consumo propio
Actualizado: 11 noviembre, 2020 (hace 3 años)
El inventario retirado para consumo propio o para que forme parte de un activo debe darse de baja de la contabilidad, utilizando como contrapartida una cuenta del gasto o del activo, según corresponda.

Según los artículos 421 y 458 del ET, este hecho genera un IVA asumido para el contribuyente.

Para acceder a este contenido debes tener una suscripción o haberlo comprado de manera individual.

Si ya tienes una suscripción Actualícese, solo debes iniciar sesión para que puedas acceder a la información, si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todos los beneficios de ser parte de nuestra comunidad AQUÍ.

Si te interesa solo comprar este artículo, lo puedes hacer en el siguiente enlace:
Comprar este artículo

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,