Hoy, martes 13 de mayo de 2008, la DIAN publicó en su página de Internet el texto de su resolución 3847 de fecha abril 30 de 2008 y en la cual señala cuál es la Información Exógena Tributaria del art.631 del ET que le ha de ser entregada durante el 2009 por el año gravable 2008 .
Lo anterior constituye un verdadero rompimiento del esquema tradicional que ha mantenido la DIAN en los años mas recientes, pues solo en los meses de octubre es cuando se emitían normalmente dichas resoluciones.
En esta nueva resolución se produjeron verdaderos cambios importantísmos en lo referente a los tipos de reportantes y el tipo de información que le ha de ser entregada.
Por ejemplo, el tope de ingresos brutos obtenidos en dic de 2007 para estar obligado a entregar los reportes con la información del 2008 ya no será de $1.500.000.000 sino de 800.000.000; y los pagos hechos a terceros que se reportarán no serán los que acumulen $1.000.000 sino $100.000.
Esta importante normatividad la estaremos comentando más detenidamente en una siguiente entrega.
Mientras tanto,