Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Más plazo para registro de bases de datos


Actualizado: 31 marzo, 2020 (hace 4 años)

Hasta el 3 de julio de 2020 será el plazo para actualizar la información perteneciente al Registro Nacional de Bases de Datos -RNBD-.

A través de la Circular externa 003 del 30 de marzo de 2020, la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- determinó que el 3 de julio de 2020 es la nueva fecha para que quienes están obligados a actualizar sus bases de datos en la entidad realicen el trámite.

La decisión se tomó por la declaratoria de la emergencia económica, social y ecológica por el COVID-19, realizada el pasado 17 de marzo de este año, debido a que “la obtención de datos para actualizar la información registrada en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) implica, en algunos casos, el desplazamiento de personas a las sedes de sus empresas o entidades”, lo que implica que esta decisión limita la “circulación de personas en el territorio nacional” y por lo tanto alguna posibilidad de contagio.

La ampliación se hace en concordancia con otros trámites: la renovación de la matricula mercantil, el RUNEOL y demás registros que integran el Registro Único Empresarial y Social -RUES-.

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