Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Medidas de reactivación económica con la Ley 2155 de 2021


Medidas de reactivación económica con la Ley 2155 de 2021
Actualizado: 15 febrero, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Programa Ingreso Solidario
  • Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–
  • Incentivo para la creación de nuevos empleos con la Ley 2155 de 2021
  • Apoyo a las empresas afectadas por el paro nacional con la Ley 2155 de 2021

En el marco de la crisis económica derivada de la pandemia del COVID-19, a través de la Ley 2155 de 2021 el Gobierno nacional implementó una serie de medidas con el propósito de reactivar la economía nacional.

Dichas medidas van desde extender programas sociales hasta aplicar exenciones del IVA.

medidas de reactivación económica con la Ley 2155 de 2021

Con el propósito de reactivar la economía nacional en el marco de la crisis que enfrenta el país por la pandemia del COVID-19, el Gobierno implementó una serie de medidas que van desde extender programas de auxilios sociales hasta aplicar exenciones del IVA. A continuación, abordamos más detalles al respecto:

Programa Ingreso Solidario

El artículo 20 de la Ley 2155 de 2021 reactiva una disposición orientada a reforzar la reducción de la pobreza a través de transferencias monetarias: se extiende el esquema actual del Programa Ingreso Solidario (al que hace referencia el Decreto Legislativo 518 de 2020, modificado por el Decreto Legislativo 812 de 2020) hasta diciembre de 2022, con la posibilidad de realizarse giros extraordinarios.

La ley autoriza, además, la modificación de los criterios de focalización del programa en atención a los indicadores más recientes de pobreza que se obtengan de los informes del Sisbén IV o del instrumento que haga sus veces, para permitir el ingreso de hogares que a la fecha de entrada en vigor de la Ley 2155 de 2021 no sean beneficiarios del programa y se encuentren en condición de pobreza extrema, aun cuando sean beneficiarios de la compensación del IVA.

Ahora bien, con el objeto de generar mejoras en el impacto del programa en la población en condición de pobreza y pobreza extrema, a partir de julio de 2022 el monto de la transferencia deberá considerar el número de integrantes que componen cada hogar y el grupo de clasificación del Sisbén IV, de conformidad con lo que se establezca en el manual operativo del programa y de acuerdo con las directrices de la Mesa de Equidad.

Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–

A través de su artículo 21, la Ley 2155 amplió la vigencia del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef– hasta diciembre de 2021.

El beneficio procederá hasta por un monto máximo de 50 empleados según conste en la cotización del mes de marzo de 2021, siendo esta la fecha de verificación; en dicha determinación deberá priorizarse a las mujeres, caso en el cual el aporte será del 50 % de un (1) smmlv conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Ley 2060 de 2020, que adiciona un nuevo parágrafo 5 al artículo 3 del Decreto Legislativo 639 de 2020.

Si los empleadores con menos de 50 trabajadores a la fecha de verificación expanden su nómina por encima de este número durante la vigencia del programa, podrían continuar recibiendo el beneficio correspondiente hasta por 50 trabajadores.

De igual forma, si al momento de la postulación el empleador ya cuenta con más de 50 empleados, no perderá el acceso al Paef, pero el beneficio será limitado hasta dicho monto.

Además, el parágrafo 3 del mencionado artículo 21 contempla que el Gobierno nacional podrá ampliar esta iniciativa hasta máximo diciembre de 2022 conforme al comportamiento de los indicadores económicos, en especial la tasa de desempleo y la disponibilidad presupuestal a diciembre de 2021.

Incentivo para la creación de nuevos empleos con la Ley 2155 de 2021

El artículo 24 de la Ley 2155 de 2021 crea un incentivo a la generación de nuevos empleos que permitirá financiar los costos laborales de dichos empleadores hasta agosto de 2023. El porcentaje del beneficio dependerá de la edad y el sexo de los nuevos trabajadores, así:

  • Aporte estatal equivalente al 25 % de un (1) smmlv por cada uno de los trabajadores adicionales que correspondan a jóvenes entre 18 y 28 años.
  • Aporte estatal equivalente al 10 % de un (1) smmlv por cada uno de los trabajadores adicionales mayores de 28 años que devenguen hasta tres (3) smmlv.
  • Aporte estatal equivalente al 15 % de un (1) smmlv por cada trabajadora adicional mayor de 28 años que devengue hasta tres (3) smmlv

Apoyo a las empresas afectadas por el paro nacional con la Ley 2155 de 2021

El artículo 26 de la Ley 2155 de 2021 autoriza la creación de un aporte estatal para apoyar a los empleadores personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos con el objetivo de contribuir al pago de sus obligaciones laborales por los meses de mayo y junio de 2021.

La cuantía del aporte estatal corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el 20 % del valor del smmlv.

Para acceder a este aporte los potenciales beneficiarios deberán demostrar que lo necesitan, certificando una disminución del 20 % o más en sus ingresos frente a los ingresos obtenidos en marzo de 2021.

A este incentivo les serán aplicables las condiciones y términos de operación establecidos en el Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los decretos legislativos 677 y 815 de 2020 y la Ley 2060 de 2020, salvo lo expresamente regulado por el mencionado artículo. En especial, le son aplicables las disposiciones relacionadas con la exención del GMF, exclusión del IVA, retención en la fuente e inembargabilidad dispuestas en los artículos 10, 10-1 y 11 del Decreto Legislativo 639 de 2020, y la fiscalización por parte de la UGPP.

Para conocer más detalles relacionados con las medidas de reactivación económica y demás novedades de la Ley 2155 de 2021, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica: Reforma tributaria, Ley de Inversión Social 2155 de 2021

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