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Mercancías custodiadas por terceros: ¿cuáles procesos de auditoría se aplican?


Mercancías custodiadas por terceros: ¿cuáles procesos de auditoría se aplican?
Actualizado: 7 julio, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Confirmación externa
  • Conteo físico de las mercancías
  • Revisión de los informes de auditoría del tercero

Existe una serie de procedimientos que se deben aplicar en los procesos de auditoría a las mercancías que se encuentran bajo el control y custodia de terceros. A continuación explicamos tres de los que se pueden llegar a presentar.

En los procesos de auditoría a las mercancías que se encuentran bajo el control y custodia de terceros deben aplicarse procedimientos sustantivos que garanticen la valoración del riesgo de errores materiales o la potencialidad de riesgos frente a dicha mercancía.

La NIA 500 determina respecto a las mercancías que se encuentran bajo la custodia de un tercero, que se deben aplicar los procedimientos descritos en la NIA 505, la cual aborda los procedimientos de confirmación externa.

Entre los procedimientos que se deben considerar en los casos en que la empresa mantenga mercancía bajo la custodia de terceros, se encuentran:

Confirmación externa

Uno de los procedimientos que se pueden aplicar para las mercancías bajo la custodia de terceros son las pruebas de confirmación externa, en las que se solicita de manera formal la información al tercero a fin de corroborar los registros que mantiene la organización.

“En las mercancías custodiadas por terceros se recomienda que las pruebas de confirmación no sean de carácter positivo”

Los procedimientos de confirmación externa con frecuencia se aplican para comprobar o solicitar información relativa a saldos contables y a sus elementos; además se utilizan para confirmar condiciones de acuerdos, contratos, o transacciones entre una entidad y terceros, o para confirmar la ausencia de condiciones.

En las mercancías custodiadas por terceros se recomienda que las pruebas de confirmación no sean de carácter positivo, es decir que sea el tercero quien informe las cantidades de cada referencia en el cuerpo de la confirmación. Lo anterior debido a que puede ocurrir que el tercero no ejecute las labores necesarias para las confirmaciones correspondientes, sino que se puede limitar a la respuesta positiva de la información contenida en la confirmación.

Conteo físico de las mercancías

En los casos en que se obtenga información del tercero que dé origen a dudas sobre la integridad y objetividad, el auditor puede considerar aplicar procedimientos de auditoría adicionales, lo que significa que además de confirmar con el tercero se realice un conteo físico de la mercancía custodiada por este y se cotejen los resultados y registros de la compañía.

No obstante, el conteo físico se puede planear en el programa de auditoría como procedimiento inicial; es decir que no se realizan confirmaciones, sino que se ejecutan directamente los procedimientos sustantivos de conteo físico con el fin de obtener la evidencia suficiente que permita la evaluación del riesgo y con esto el cumplimiento de los objetivos del proceso de auditoría.

Revisión de los informes de auditoría del tercero

El auditor puede solicitar los informes de auditoría del tercero y obtener los datos de la mercancía custodiada contenidos en dichos documentos; es decir que el informe del auditor será la evidencia para el informe. Es importante que en la revisión de este se evalúen las prácticas del control interno para asegurar la fiabilidad en el conteo de las mercancías y en los datos contenidos en los informes del tercero custodio. Lo que significa que la obtención de un informe de otro auditor, o de un informe del auditor de la entidad prestadora del servicio, sobre la adecuación del control interno del tercero, es una herramienta para asegurarse de que el conteo del inventario se realiza correctamente y que las existencias se custodian en forma adecuada.

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