Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Método de medición de inventarios para entidades del régimen tributario especial


Actualizado: 15 noviembre, 2017 (hace 6 años)

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Las entidades del régimen especial pueden medir sus inventarios por el método periódico o permanente? ¿El saldo del inventario lo pueden llevar al estado de resultados o al balance general?

Juan David Maya, contador público, docente, consultor en Normas Internacionales de Información Financiera e investigador adjunto del equipo de Actualícese, en cuanto a los sistemas de medición de inventarios, señala que la norma contable no plantea ningún tipo de restricción, por consiguiente, la entidad puede utilizar el sistema permanente o periódico. Así mismo, es de anotar que la norma contable permite utilizar los siguientes estilos de medición de inventarios de acuerdo con lo que establece la sección 13 de la norma para pymes: primeras en entrar, primeras en salir (PEPS); promedio ponderado; identificación específica; último valor de compra y el método de retail o de los minoristas.

Al respecto de este procedimiento, el único método que no está permitido es el de ultimas en entrar, primeras en salir (UEPS), porque no permite mostrar la verdadera información de los inventarios.

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