Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Miembros del Consejo de Administración son de libre nombramiento y remoción


Miembros del Consejo de Administración son de libre nombramiento y remoción
Actualizado: 22 agosto, 2013 (hace 11 años)

Cualquier propietario, o a través de su delegado o apoderado, se puede postular para ser miembro del Consejo de Administración. Será la Asamblea, como máximo órgano social, quien decide a quién elige.

Analicemos el siguiente caso. Un miembro del consejo de administración es representante legal de una empresa propietaria de varios locales. La mayoría de esos locales deben admon, menos uno sobre el cual manifiesta ser miembro del consejo. En estatutos se establece que copropietarios vencidos no pueden ser miembros del consejo o por lo menos que se pongan al día en determinado plazo. ¿Es legal que este representante pertenezca al consejo?

La culpa no es del propietario que se postula, siendo moroso, y que es elegido como miembro del Consejo. La culpa la tienen los otros propietarios que en la Asamblea eligen a un propietario moroso como miembro del Consejo de Administración.

Cualquier propietario, o a través de su delegado o apoderado, se puede postular para ser miembro del Consejo de Administración. Simplemente será, la Asamblea, como máximo órgano social, quien decide a quién elige.

En la administración pública ocurre lo mismo, donde cualquier persona mayor de 18 años se puede postular a los cargos. Cualquiel persona mayor de edad, sin estudios, se puede postular para ser Presidente de Colombia.

El máximo órgano social es el culpable de esta elección. Es una situación indignante. De pronto a la Asamblea se le fueron las luces.

¿Qué se puede hacer? Se puede conseguir un número de propietarios que representen el 20% del coeficiente y convocar Asamblea Extraordinaria y aquí se plantea la necesidad de remover a ese miembro del Consejo que se encuentra en mora.

La Asamblea reunida decidirá si decide remover a ese miembro, a dos o a todos. Recordemos que los miembros del Consejo de Administración son de libre nombramiento y remoción. En cualquier momento se les puede sacar, revocar su nombramiento.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,