Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mincit presenta nuevo Proyecto de Decreto sobre el Marco Técnico Normativo para las Normas de Aseguramiento de la Información – NAI


Mincit presenta nuevo Proyecto de Decreto sobre el Marco Técnico Normativo para las Normas de Aseguramiento de la Información – NAI
Actualizado: 12 diciembre, 2014 (hace 9 años)

El Mincit acaba de publicar un nuevo Proyecto de Decreto con el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009; este pretende la expedición del Nuevo Marco Técnico Normativo para el Aseguramiento de la Información y propone la aplicación obligatoria de dichas normas por parte de los revisores fiscales de las entidades del Grupo 1 y algunas del Grupo 2.

El pasado 6 de noviembre de 2014 fue puesto a consideración del público el Proyecto de Ley “Por la cual se armoniza la normatividad para la aplicación de normas de información financiera y de aseguramiento de la información y se dictan otras disposiciones”. Dicho documento fue propuesto por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y estuvo dispuesto para discusión hasta el pasado 5 de diciembre de 2014.

El día de hoy, siete días después del cierre de la discusión, fue publicado un nuevo proyecto; pero éste ya no es de Ley, sino de Decreto como reglamentario de la Ley 1314 de 2009. Como es bien conocido, la aprobación de un proyecto de ley requiere de varios debates en las Cámaras del Congreso para una posterior aprobación por sanción presidencial; en tanto que el trámite de un decreto es más sencillo, pues se realiza sólo al interior del Ministerio promotor, en este caso en el de Comercio, Industria y Turismo y luego es pasado de forma directa a sanción presidencial ¿será ésta simplemente la corrección de un error de procedimiento legal, o se buscará facilitar el proceso de aprobación a contra reloj de la reglamentación internacional para el aseguramiento de la información?

Esta nueva publicación del Mincit es prueba evidente de la urgencia con la que está aprobando la nueva normatividad sobre aseguramiento de la información, de cara al requerimiento de cumplimiento con los cronogramas de transición bajo los nuevos Marcos Técnicos Normativos de Información Financiera; a ciencia cierta el documento entregado por el Mincit pareciera ser un mecanismo mediante el cual se evade la discusión democrática y se da la espalda a la discusión pública que suscitó importantes reflexiones del gremio contable en diferentes espacios para el pasado Proyecto.

En todo caso, se observa que la versión actual del Proyecto de Decreto difiere notablemente del anterior Proyecto de Ley presentado por el Mincit, puesto que aunque se abordan temáticas semejantes y de coyuntura; este nuevo proyecto no presenta derogatorias a la normatividad local vigente, cuestión que había suscitado la mayor inconformidad en el gremio contable nacional durante el tiempo en el que se discutió la propuesta anterior.

Del análisis del Proyecto de Decreto presentado por el Ministerio el día de hoy, 12 de diciembre de 2014, podemos apuntar los siguientes aspectos relevantes:

  • Las NAI serán aplicables a los revisores fiscales que ejerzan en entidades del Grupo 1 y a las entidades del Grupo 2 que tengan más de 5.000 SMMLV de activos o más de 50 trabajadores; pero aún así, se menciona que los revisores fiscales que presten sus servicios a entidades que no estén contempladas en las condiciones antes mencionadas, continuarán aplicando los procedimientos de auditoría integral en el marco regulatorio vigente y sus modificaciones; sin embargo se deja abierto el camino para que puedan aplicar de forma voluntaria las NAI.
  • El proyecto de Decreto pretende introducir a la normatividad nacional el Marco Técnico Normativo de las Normas Aseguramiento de la Información – NAI, que contiene:
    • Las Normas internacionales de Auditoría (NIA)
    • Las Normas Internacionales de Control de Calidad (NICC)
    • Las Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITR)
    • Las Normas Internacionales sobre Trabajos para Atestiguar (ISAE por sus siglas en inglés)
    • Las Normas Internacionales sobre Servicios Relacionados (NISR)
    • El Código de Ética para Profesionales de la Contaduría

En este punto vale la pena recordar que en el anterior Proyecto de Ley, se indicaba que el revisor fiscal aplicaría las normas de auditoría y de revisión de información financiera histórica.

Esta cuestión llama especialmente la atención, puesto que en todo el texto del documento se lee constantemente la frase “como se indica en el anexo de este decreto”; dada la etapa prematura del proyecto, dicho anexo aún no ha sido puesto a consideración de la opinión pública, pero puede entreverse que éste, al igual que todos los decretos reglamentarios de los nuevos Marcos Técnicos Normativos de Información Financiera (Decretos 2784 de 2012 y el 3022 de 2013) será un documento fiel a las disposiciones de la normatividad internacional.

  • Se puede observar que se mantiene la vigencia de los artículos 207, 208 y 209 del Código de Comercio, aun cuando en el anterior proyecto se había propuesto que fueran derogados aludiendo a que:
    • Sobre el artículo 207: “las funciones existentes tienen una antigüedad de más de 80 años y son incompatibles con la naturaleza del aseguramiento de la información”
    • Sobre los artículos 208 y 209: “los informes de aseguramiento de información están limitados a la materia del contrato y no pueden contener elementos extraños al desarrollo del trabajo realizado para emitir una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros”
  • Finalmente, de acuerdo con el artículo 6 del nuevo Proyecto de Decreto, el ejercicio de la revisoría fiscal y de la contaduría pública en general, estará guiado no sólo por el Código de Ética Profesional que ha estado vigente en Colombia desde 1990 cuando se aprobó la Ley 43, sino que también deberá existir correlación entre éste y el Código de Ética para Profesionales de la Contaduría emitida por la IFAC.

Material Complementario:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,