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Minhacienda adiciona requisitos especiales en el procedimiento de devolución de saldos a favor del contribuyente


Actualizado: 7 junio, 2018 (hace 6 años)

Mediante el presente Decreto 946 de 2018, se realizan adiciones al artículo 1.6.1.21.15 del DUR 1625 de 2016, en lo referente a los requisitos especiales en el procedimiento de devolución de saldos a favor del contribuyente.

A través del Decreto 946 de 2018, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público adiciona los literales n) y o) al artículo 1.6.1.21.15 del DUR 1625 de 2016.

En el literal n) se estipulan los requisitos especiales con los que deben cumplir los contribuyentes dedicados a la exploración de hidrocarburos en los proyectos costa afuera, dentro de los cuales están: el certificado expedido por el revisor fiscal o contador público y el certificado emitido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

En el literal o), por su parte, se estipulan los requisitos especiales con los que deben cumplir los exportadores de oro para llevar a cabo el procedimiento de devolución de saldos a favor, dentro de los cuales están: certificado del representante legal de la empresa, copia del certificado de origen y el certificado de la Agencia Nacional de Minería.

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