Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Modificación de políticas contables después del ESFA


Modificación de políticas contables después del ESFA
Actualizado: 23 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Es posible que una entidad, después de elaborar el estado de situación financiera de apertura, encuentre aspectos en los cuales necesite ajustar sus políticas contables. En esos casos, debe prestar atención a los requerimientos de la NIIF para pymes.

Las políticas adoptadas por la entidad en el momento de la transición a NIIF para pymes, se deben conservar sin modificación, como mínimo, durante los años de transición y aplicación (2015 y 2016). En la práctica, es posible que después de elaborar las políticas contables y preparar el ESFA, una entidad considere cambiar algunas políticas, producto de una evaluación posterior. Si la entidad decide cambiar las políticas en los años 2015 o 2016, deberá corregir su estado de situación financiera de apertura, para aplicar allí mismo las políticas corregidas.

El requerimiento de mantener las políticas contables sin modificación desde el ESFA hasta la presentación de los primeros estados bajo NIIF busca revestir la información financiera de la suficiente comparabilidad como para ser útil a los usuarios.

Si el ESFA se preparara con unas políticas contables diferentes de las de los primeros estados financieros bajo NIIF para pymes, la información perdería utilidad, y no sería posible realizar análisis comparativos de los estados financieros en diferentes fechas de corte.

Algunas entidades pueden ser requeridas por la Superintendencia de Sociedades (o la entidad supervisora correspondiente) para enviar el estado de situación financiera de apertura en cualquier momento a partir de la fecha de transición y los primeros estados financieros bajo NIIF para pymes (desde el 1 de enero del 2015 hasta el 31 de diciembre del 2016).

Si una entidad ha enviado el reporte a la Superintendencia, y posteriormente decide ajustar alguna de sus políticas contables, puede hacerlo sin ningún temor, pues aunque haya enviado el reporte a la entidad de supervisión, la información financiera bajo NIIF para pymes no tiene efectos legales durante el año 2015 (año de transición), ni durante el año 2016 (año de aplicación). Esta información tendrá validez cuando surta el procedimiento de publicación, lo cual tendrá lugar en el año 2017.

“El estado de situación financiera de apertura no es un informe que se deba publicar”

Recuerde que la información financiera tiene efectos legales una vez sea publicada. El estado de situación financiera de apertura no es un informe que se deba publicar, la entidad solo debe elaborarlo y guardarlo junto con toda la documentación soporte como un documento interno. El envío a la Superintendencia no se considera publicación de la información, pues esta superintendencia no tiene la facultad para revelar al público en general el contenido de los informes de estado de situación financiera enviados por las entidades.

De igual forma, el ESFA no se considera estado financiero bajo NIIF, pues la Sección 3 de la NIIF para pymes establece lo que se considera un juego completo de estados financieros bajo NIIF, en los siguientes términos:

  • Un estado de situación financiera.
  • Un estado de resultado integral o un estado de resultados separado, y un estado de resultados integrales.
  • Un estado de cambios en el patrimonio o un único estado de resultados y ganancias retenidas, en lugar de un estado de resultado integral y otro estado de cambios en el patrimonio, cuando los únicos cambios en el patrimonio provengan de resultados, pago de dividendos, ganancias retenidas y cambios en políticas contables o corrección de errores.
  • Un estado de flujos de efectivo.

De acuerdo con lo anterior, solo tendrá efectos ante terceros los primeros estados financieros completos publicados por las entidades, es decir, con corte al 31 de diciembre del 2016, en el caso de las pymes.

Juan David Maya Herrera
Investigador NIIF

*Exclusivo para actualicese.co

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