Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Modificadas características para suministro de información tributaria año gravable 2016


Actualizado: 19 abril, 2017 (hace 7 años)

Mediante la Resolución 0022 del 10 de abril de 2017, la DIAN modificó el numeral 18.6 del artículo 18 de la Resolución 000112 de 2015, sobre los contribuyentes obligados que deben presentar información tributaria por el año gravable 2016.

La DIAN modificó el numeral 18.6 del artículo 18 de la Resolución 000112 del 29 de octubre del 2015, sobre el grupo de obligados que deben presentar información tributaria correspondiente al año gravable 2016.

El numeral mencionado establece la información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre, en el caso de acreedores cuyo saldo acumulado sea igual o superior a $ 1.000.000 o cuando el saldo total al 31 de diciembre sea de $ 100.000.000.

También se modificó el numeral 18.7, sobre la información de los deudores de créditos y de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional.

Fuente: DIAN.

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