Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Modificados plazos para transmisión de Estados Financieros Intermedios Trimestrales


Actualizado: 18 mayo, 2016 (hace 8 años)

Con la Circular Externa 017 del 2016, la Superfinanciera realiza la modificación de los plazos para la transmisión de los estados financieros intermedios trimestrales bajo Estándares Internacionales y el Estándar Internacional para Pymes.

Se han modificado los numerales 1, 2 y 4 de la instrucción quinta de la Circular Externa 038 del 2015 expedida por la SFC:

1. La transmisión de los estados financieros intermedios trimestrales y las notas de revelación que exigen las NIC 34, NIC 1 y NIIF 1, según corresponda, se deberá ajustar a los plazos e instrucciones establecidos en el numeral 2.3 del Anexo I Capítulo I Título V Parte 3 de la Circular Básica Jurídica. Sin perjuicio de lo anterior, las transmisiones correspondientes a los trimestres de marzo,  junio, septiembre y diciembre del 2015 y 2016, podrán efectuarse dentro de los 60 días calendario siguientes a la fecha de corte del respectivo período.

Las entidades vigiladas que empezaron a aplicar los Estándares Internacionales o el Estándar Internacional para Pymes a partir del mes de enero del 2016, podrán remitir los estados financieros intermedios trimestrales de marzo, junio y septiembre del presente año en formato PDF, Excel o XBRL.

2. A partir del corte del mes de marzo del 2017 la transmisión de los estados financieros intermedios trimestrales deberá realizarse dentro de los 45 días calendario siguientes a la fecha de corte del respectivo período.

3. El proceso de retransmisión bajo la estructura de la taxonomía XBRL de los estados financieros intermedios trimestrales y de cierre o fin de ejercicio que se hayan remitido en formato Excel o PDF por parte de entidades o negocios sujetos a inspección, vigilancia y control, deberá incluir como mínimo los estados financieros y las notas de la instrucción segunda de esta circular y realizarse a más tardar en el mes de septiembre del 2016.

Fuente: Superfinanciera.

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