Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Modificarían norma que define reglas para presentar información exógena del 2016


Actualizado: 19 octubre, 2016 (hace 7 años)

La DIAN ha propuesto modificar la Resolución 0112 del 2015, por medio de la cual definió las reglas para presentar la información exógena de la vigencia fiscal 2016.

Entre los cambios planteados está lo relacionado con los obligados que deben reportar anualmente, agregando las personas naturales o jurídicas o entidades que efectúen pagos a personas naturales y deban expedir el certificado de ingresos y retenciones para personas naturales empleados del año gravable 2016, y estén obligadas a presentar cualquier tipo de información que indica la resolución.

También modificaría el parágrafo 3º del artículo 5º, relacionado con la información a suministrar por las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos, con organismos internacionales, el cual agregaría lo siguiente: “Los pagos o abonos en cuenta acumulados por beneficiario por todo concepto, que sean menores a $ 3’500.000, se podrán informar acumulados en un solo registro, con identificación 222222222, razón social «cuantías menores» y tipo documento 43, en el concepto a que correspondan dichos pagos, reportando la dirección del informante”, además los pagos o abonos en cuenta acumulados por beneficiario por todo concepto que sean mayores o iguales a dicha suma, se deberían reportar a cada uno de los beneficiarios de manera individual y detallada según el concepto al que correspondan, entre otros cambios.

La entidad recibirá comentarios y sugerencias hasta el próximo 21 de octubre, a través del correo: ftellezs1@dian.gov.co.

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