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Monotributo por el año gravable 2018: 8 puntos que debe conocer


Monotributo por el año gravable 2018: 8 puntos que debe conocer
Actualizado: 23 febrero, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1. ¿Quiénes pueden acceder al monotributo por el año gravable 2018?
  • 2. ¿Cuál es la base gravable del impuesto?
  • 3. ¿Cuáles son los requisitos para vincularse al monotributo por el año gravable 2018?
  • 4. ¿Cuál es la periodicidad del monotributo?
  • 5. ¿Cuánto se debe pagar en el esquema de monotributo?
  • 6. ¿Cuándo se debe pagar el monotributo?
  • 7. Beneficios del monotributo con Beneficios Económicos Periódicos - BEPS
  • 8. Beneficios del monotributo con riesgos laborales

Desde febrero 01 de 2018 y hasta el 30 de enero de 2019 se pueden realizar abonos del monotributo. La base gravable de este impuesto está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo período gravable.

1. ¿Quiénes pueden acceder al monotributo por el año gravable 2018?

Pueden acceder a este impuesto las personas naturales, comerciantes al por menor, que tengan establecimientos con un área inferior o igual a 50 metros cuadrados e ingresos brutos entre $ 46 millones y $116 millones en el año 2018.

2. ¿Cuál es la base gravable del impuesto?

“Se debe declarar anualmente en el formulario 250 – Declaración del monotributo, que será presentado con pago en los bancos y demás entidades autorizadas para su recaudo”

Está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo período gravable.

3. ¿Cuáles son los requisitos para vincularse al monotributo por el año gravable 2018?

  • Que en el año gravable 2018 obtengan ingresos brutos ordinarios o extraordinarios, iguales o superiores a 1.400 UVT e inferiores a 3.500 UVT; ($46.000.000 – $116.000.000).
  • Que desarrollen su actividad económica en un establecimiento con un área inferior o igual a 50 metros cuadrados.
  • Que sean elegibles para pertenecer al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos -BEPS-, según la verificación que para tal efecto haga el administrador de dicho servicio social complementario.
  • Que desarrolle actividades económicas del comercio al por menor, peluquería y otros tratamientos de belleza, según la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU adoptada por la Dian.

4. ¿Cuál es la periodicidad del monotributo?

Se debe declarar anualmente en el formulario 250 – Declaración del monotributo, que será presentado con pago en los bancos y demás entidades autorizadas para su recaudo.

5. ¿Cuánto se debe pagar en el esquema de monotributo?

El valor anual a pagar por el monotributo dependerá de la categoría a la que pertenezca el contribuyente, que a su vez debe responder a sus ingresos brutos anuales, así:

  • Para quienes pertenezcan a la categoría A, cuyos ingresos brutos anuales estén entre $46.000.000 y $70.000.000, el valor a pagar por el monotributo será de $530.000.
  • Para quienes pertenezcan a la categoría B, cuyos ingresos brutos anuales estén entre $70.000.000 y $93.000.000, el valor a pagar por el monotributo será de $796.000.
  • Para quienes pertenezcan a la categoría C, cuyos ingresos brutos anuales estén entre $93.000.000 y $116.000.000, el valor a pagar por el monotributo será de $1.061.000.

6. ¿Cuándo se debe pagar el monotributo?

Desde febrero 01 de 2018 y hasta el 30 de enero de 2019 se pueden realizar abonos del impuesto, diligenciando en el formulario 490 de la Dian el código 85, en la casilla No. 2. Simultáneamente con el pago de este impuesto se debe pagar en Colpensiones el aporte de BEPS o riesgos laborales.

7. Beneficios del monotributo con Beneficios Económicos Periódicos – BEPS

  • Posibilidad de afiliarse a caja de compensación.
  • Ahorro para la vejez.
  • Seguro que cuenta con un amparo por muerte, auxilio funerario, cobertura por enfermedad grave, desmembración e incapacidad.
  • Uso de datáfono sin retención en la fuente.
  • Cumplir la obligación tributaria.

8. Beneficios del monotributo con riesgos laborales

  • Aporte a riesgos laborales.
  • Posibilidad de afiliarse a caja de compensación.
  • Uso de datáfono sin retención en la fuente.
  • Cumplir la obligación tributaria.

* Con información de la Dian.

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