Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Muchas terquedades alrededor de la ley 1314 – Hernán Rodriguez


Autor: Hérnan A. Rodríguez

Ya se notan muchas terquedades alrededor del proceso que ordena la ley 1314. Estas terquedades hacen ver un escenario futuro de fracaso. Para desorientar hay de todo: la ley 1314 no apunta hacia IFRS ¿Entonces pa’ dónde?.

Hay una terquedad semántica en llamar convergencia a una clara intención y necesidad de adopción de estándares internacionales. Se nota un marcado interés por decirle a Colombia que las IFRS no son los estándares internacionales de aceptación mundial para el intento de normatizar las bases conceptuales, las reglas básicas y nuestras prácticas nacionales; y también se trata de desconocer que estas normas son las que lideran el mantenimiento del paso a la rápida evolución de los negocios.

A los auditorios cautivos en vez de argumentos técnicos-científicos se les lanzan preguntas, ayudadas con apuntes irónicos sobre «¿Cómo estas normas impactarán en productividad, competitividad?» . También se lanzan apuntes desafortunados e imprecisos sobre la supuesta incongruencia en sacar de órbita del proceso regulatorio a la contabilidad de costos y sin embargo adoptar el estándar de inventario. Imprecisiones técnicas de absoluta simpleza como que el retail no están en los estándares internacionales?. Hemos podido oír afirmaciones hechas delante de estos auditorios como que…algunos países que han adoptado se están devolviendo o no las conocen.

Se lanzan invitaciones veladas a aceptar nuestra imposibilidad intelectual en opiniones sobre lo complicado que serán los decretos reglamentarios. Anuncios de complicación como por ejemplo el tema de registro de libros, depósitos electrónicos, libros diligenciados (como garantizar la integridad y autenticidad documental).

Se confunde al auditorio cuando se anticipa desde una posición de autoridad técnica y con aire de censura que las interpretaciones, guías, conceptos a ser emitidas por otros contradicen el marco regulatorio de la ley; y que seguirán los problemas de falta de independencia de las normas tributarias. También es causa de confusión adelantar ineficiencias futuras como que el proceso hará que nos quedemos siempre atrasados.

Se critican los lineamientos hacia la composición del interés público en el proceso de emisión de normas porque pareciera que se pierde la potestad de autorregularnos.

Hay una emisión continua de juicios irresponsables sobre el no respeto nuestra idoneidad, idiosincrasia, entorno y modelo productivo.

En cuanto al futuro del Contador, decir que los contadores perderemos mucha influencia en el proceso regulativo, es desconocer la intención de la ley que anuncia un sistema abierto y público. Asimismo, insistir que la adopción de estándares internacionales no posibilitará contratos del exterior para los contadores practicantes, es ir contra la naturaleza de la sociedad del conocimiento y desconocer las oportunidades de la globalización; esta posición negativa desconoce las posibilidades de competitividad de nuestro recurso humano.

Los ataques a las necesidades de reconocer y medir el valor de los recursos argumentando perversidad por ser causante de escándalos es irreflexiva y temeraria.

La pregunta que cabe es ¿Por qué en vez de dar la impresión de estar esperando un fracaso no nos unimos para evitarlo? ¿Que pasa con los decretos reglamentarios?

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