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Multas para EPS, IPS y prestadores de salud que busquen hacerle trampa al sistema se incrementarían


Multas para EPS, IPS y prestadores de salud que busquen hacerle trampa al sistema se incrementarían
Actualizado: 10 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Lo que plantea el proyecto
  • Lupa sobre EPS e IPS
  • Los ejes del proyecto de ley

Proyecto de ley que busca darle más herramientas sancionatorias a Supersalud se debatirá esta semana. Se elevarían a 8.000 smmlv las multas para personas jurídicas, y 2.000 smmlv para personas naturales. Las EPS e IPS podrían sufrir cierres temporales o definitivos de uno o varios de sus servicios.

El 5 de diciembre de 2018, en las comisiones séptimas de Cámara y Senado, el proyecto de ley 198 de 2018, con el cual se busca darle herramientas a la Superintendencia Nacional de Salud para castigar con severidad a los partícipes del sector que presenten fallas en la atención, recibió un respaldo unánime. Se espera que durante el transcurso de esta semana se debata, antes de pasar a sanción presidencial.

“Para las EPS, IPS y diversos prestadores que busquen hacerle trampa al sistema de salud, la Supersalud podrá hacer cierres temporales o definitivos de uno o varios servicios”

Fabio Aristizábal, superintendente de salud, quien lleva al frente de la entidad cuatro meses, dijo a los medios de comunicación que en este lapso inconvenientes como la falta de oportunidad de una cita con un especialista y las demoras en la entrega de medicamentos por parte de las EPS son los dos problemas más frecuentes que denuncian los usuarios del sistema de salud.

Lo que plantea el proyecto

  • Fortalecer la capacidad sancionatoria de Supersalud, endureciendo las medidas de control y elevando las multas, que hoy están en un máximo de 2.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, a 8.000 smmlv para personas jurídicas.
  • En el caso de personas naturales, las sanciones ascenderán hasta 1.000 smmlv
  • Se busca imponer multas pecuniarias sucesivas de hasta 3.000 smmlv para personas jurídicas y 300 smmlv a personas naturales que incumplan órdenes de servicio, emitidas en el marco de una sanción administrativa.

Lupa sobre EPS e IPS

Para las EPS, IPS y diversos prestadores que busquen hacerle trampa al sistema de salud, la Supersalud podrá hacer cierres temporales o definitivos de uno o varios servicios, a la vez que podrá suspender el certificado de autorización, y remover de su cargo a representantes legales, revisores fiscales y gerentes de los entes anteriormente nombrados, así como inhabilitarlos hasta por 15 años para ocupar cargos en instituciones privadas y públicas del sector.

“Cualquier sujeto que administre recursos del sistema de salud, público o privado, y que haga trampa no volverá a poner un pie en el sector y será inhabilitado por 15 años. Hoy, muchos gerentes que quebraron hospitales públicos están en otras instituciones”, dijo a los medios Aristizábal.

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Los ejes del proyecto de ley

El proyecto de ley incorpora cambios en el modelo de inspección, vigilancia y control vigente del sistema general de seguridad social en salud, para proteger el derecho fundamental a la salud de los colombianos y así desestimular el habitual incumplimiento de las obligaciones de los actores del sistema, mediante tres ejes:

  1. Endurecimiento de las medidas de control con una serie de correctivos que llevarían a superar la situación crítica o irregular de sus vigilados; la imposición de sanciones aplicables por las actuaciones que estén fuera de la ley, particularmente a través del ajuste en los montos y naturaleza de las sanciones, sumado al establecimiento de un término de caducidad amplio, de cinco años, y así garantizar la imposición de multas ejemplares a todos aquellos que vulneren las disposiciones del sistema y los derechos de los usuarios.
  2. Especialización y concentración de las funciones de la Supersalud, retirando las competencias que le han sido asignadas anteriormente y que no corresponden a las atribuciones de inspección, vigilancia y control de esta entidad.
  3. Adopción de nuevas facultades de inspección, vigilancia y control, que permitan a esta superintendencia responder frente a los retos que se plantean en el sector, incluyendo instrumentos y mecanismos de intervención, concretamente la fijación de nuevos tipos de conductas reprochables para que la entidad tenga herramientas para hacer seguimiento; y la adopción de un modelo amplio de instrucciones y correctivos por parte de la entidad, para así poner en práctica el modelo de supervisión basado en riesgos; finalmente, la limitación del modelo reglamentario de planes de reorganización institucionales de los vigilados, con el fin de hacerlo compatible con el eje de medidas especiales.

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