Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

NIIF 17: desafíos y complejidad que presenta en medio de su proceso de adopción


NIIF 17: desafíos y complejidad que presenta en medio de su proceso de adopción
Actualizado: 9 diciembre, 2020 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Desafíos que presenta la NIIF 17
  • Proceso de adopción de la NIIF 17 en Colombia
  • Entidades deben implementarla cuanto antes

Pese a que la NIIF 17 ofrece mejoras respecto a la NIIF 4, estas ventajas también representarán esfuerzos adicionales para las entidades locales.

Uno de los desafíos que plantea la NIIF 17 está vinculado a la separación de componentes de los contratos de seguros.

La NIIF 17 – Contratos de seguros fue emitida por el IASB en mayo de 2017. En un principio su fecha de implementación original se estableció para enero de 2021, pero debido a su complejidad y atendiendo a los pedidos de distintas entidades aseguradoras fue postergada al 1 de enero 2022.

Cabe anotar que en la última enmienda lanzada por el IASB, en marzo 2020, se determinó que la fecha definitiva de implementación será el 1 de enero de 2023.

Desde KPMG se explica que, en busca de mayor consistencia y transparencia en los estados financieros, esta normativa reemplazará a la NIIF 4 y…

  • Propone una nueva metodología para el tratamiento y la contabilización de contratos de seguro y reaseguro.
  • Hace énfasis en una mayor homogeneidad y comparabilidad en la información a relevar por las entidades aseguradoras.

«Aunque la NIIF 17 ofrece varias mejoras respecto a la NIIF 4, estas ventajas también van a representar esfuerzos adicionales para las entidades locales. En Europa el impacto se encuentra atenuado porque la mayoría de las entidades reportan bajo Solvencia II, y las métricas utilizadas pueden ser fácilmente adaptadas a los estándares que propone NIIF 17», opinan desde KPMG.

Desafíos que presenta la NIIF 17

Uno de los primeros desafíos que plantea la NIIF 17 está vinculado a la separación de componentes de los contratos de seguros, lo que significa que deberán identificarse y segregarse los componentes no vinculados directamente con el seguro, como, por ejemplo, los servicios de asistencias u otras prestaciones.

Adicionalmente, con el objetivo de distinguir los contratos rentables de los onerosos, y mostrar información más útil a los stakeholders, habrá nuevos requisitos sobre el detalle en que se deberán reportar los resultados.

Otro punto se relaciona con las tasas de interés, ya que la NIIF 17 establece como obligatorio el descuento de los flujos de fondos.

“La NIIF 17 propone diferentes metodologías para la medición y contabilización de los contratos de seguros”

«La consecuencia directa es que las reservas se deberán constituir calculando el valor presente de los egresos futuros esperados. En un contexto inflacionario y de alta volatilidad, será un punto crítico analizar el impacto que tendrá este cambio sobre los resultados, especialmente en ramos de cola larga», explica KPMG.

La NIIF 17 propone diferentes metodologías para la medición y contabilización de los contratos de seguros, y existen diferencias respecto del tratamiento de contratos de seguro de vida y seguros generales.

«Por ejemplo, las entidades que ofrezcan principalmente seguros generales tienen la posibilidad de implementar un modelo de valuación simplificado», describe KPMG.

Proceso de adopción de la NIIF 17 en Colombia

En junio de 2017 el CTCP emitió un documento de discusión para integrar al marco normativo de las entidades del grupo 1 la versión original de la NIIF 17.

Después de recibir los comentarios a dicho documento, el CTCP emitió sus conclusiones en julio de 2019, donde comparte los puntos de vista expresados por algunas entidades, entre ellas la Superintendencia Financiera de Colombia –SFC–, que consideró que la NIIF 17 no debía aplicarse en el país.

Lo anterior se debe a que, según la SFC, la NIIF 17 no es compatible con el régimen de reservas técnicas que aplican las entidades aseguradoras colombianas, y que por ello iría en contra de la Circular Básica Jurídica de la SFC y el Decreto 2555 de 2010.

Por ello, el CTCP decidió mantener una mesa de trabajo para discutir la aplicación de la NIIF 17 y que Colombia participe en el proceso de discusión internacional.

Entidades deben implementarla cuanto antes

Las entidades que adopten la NIIF 17 verán impactos en los valores reportados y deberán incorporar nuevas infraestructuras organizacionales y sistemas que contemplen estos cambios.

Pese a que la fecha de aplicación se aplazó, su dificultad, relacionada principalmente con los cambios que deberán afrontar las aseguradoras en todos sus niveles, requiere que las entidades comiencen cuanto antes con su implementación.

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